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Subvenciones a asociaciones y demás entidades falleras del municipio de Llíria 2026
Esta resolución aprueba la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Llíria para el ejercicio 2026, destinadas a contribuir en el sostenimiento de las Comisiones Falleras locales y en los gastos derivados de la organización y participación en sus actividades. El periodo subvencionable abarca desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2026, con un importe máximo total disponible de 9.000,00 euros.
Los beneficiarios son personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, específicamente asociaciones y demás entidades falleras del municipio. Para optar a la ayuda, las entidades deben cumplir con los requisitos establecidos en la base segunda de las normas reguladoras, sin posibilidad de reformulación de las solicitudes una vez presentadas.
La convocatoria se tramita mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, donde la resolución se notificará a los interesados en un plazo máximo de tres meses tras finalizar el periodo de presentación. Los solicitantes deberán justificar el gasto en un plazo de 30 de noviembre de 2026, aportando la documentación requerida en la sede electrónica municipal según la base cuarta.
La Comisión Evaluadora, integrada por la delegada de Cultura, el gestor cultural, el secretario general, el interventor y la secretaria del área, valorará las solicitudes basándose en los criterios de la base octava, destacando como criterio de valoración la paridad de género, entendida como una representación equilibrada de mujeres y hombres en la composición de las comisiones.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de entidad, la tramitación en régimen de concurrencia competitiva con una comisión evaluadora y plazos de justificación y
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser asociación o entidad fallera del municipio de Llíria.
- Cumplir con el concepto de paridad definido en la convocatoria (representación equilibrada de mujeres y hombres, valorando positivamente la mayor presencia de mujeres si el número total es impar).
- Acreditar la condición de miembro de la Comisión Evaluadora si se es parte del Ayuntamiento (Presidente, Vocales, Secretaria).
- Acreditar la condición de Interventor si se es parte del Ayuntamiento.
- Acreditar la condición de Gestora Cultural o Delegada si se es parte del Ayuntamiento.
- Acreditar la condición de Secretario General si se es parte del Ayuntamiento.
Plazos
- Inicio de la convocatoria13 de octubre de 2026
- Plazo máximo de presentación de solicitudes23 de noviembre de 2026
- Período subvencionable1 de enero de 2026 al 30 de noviembre de 2026
- Plazo máximo de justificación30 de noviembre de 2026
Cómo solicitarla
- Esperar a la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la web municipal (www.lliria.es).
- Presentar la solicitud en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la web municipal.
- Presentar la solicitud a través del trámite 'Ayudas otorgadas por el Departamento de Cultura en régimen de concurrencia competitiva' de la Sede Electrónica municipal.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La cuantía total máxima de la subvención es de 9.000,00 €.
¿Qué periodo de tiempo cubre la subvención?
El período subvencionable es desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.
¿Qué requisitos de género debe cumplir la entidad?
Se debe cumplir el concepto de paridad, es decir, una representación equilibrada de mujeres y hombres. Si el número total es impar, se valorará positivamente la mayor presencia de mujeres.
¿Cómo se presenta la solicitud?
La solicitud debe presentarse en la Sede Electrónica municipal a través del trámite 'Ayudas otorgadas por el Departamento de Cultura en régimen de concurrencia competitiva'.
¿Qué documentos debo aportar?
El texto oficial no detalla la lista específica de documentos a aportar, solo menciona que se debe seguir el procedimiento establecido en las bases reguladoras.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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