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Expediente 2766979C: SUBVENCIÓ PER AL FOMENT I ÚS DEL VALENCIÀ EN LES ACTIVITATS DE LES ASSOCIACIONS CULTURALS I FESTIVES DE PICASSENT 2026
Garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y de control. Si la entidad beneficiaria realiza otras actividades de naturaleza económica deberá prever en la contabilidad de la entidad las medidas pertinentes de distinción contable para que la subvención sea destinada a las actividades subvencionadas.
Esta convocatoria pública del Ayuntamiento de Picassent para 2026 concede subvenciones destinadas a financiar actividades que fomenten y usen el valenciano en asociaciones culturales y festivas del municipio. El objetivo es apoyar la normalización lingüística y la identidad cultural local, actuando como agente dinamizador del tejido asociativo. Solo pueden ser beneficiarias las personas jurídicas sin actividad económica, como asociaciones vecinales, cívicas, sindicales o fundaciones, que cumplan requisitos específicos de inscripción y buena conducta administrativa.
El importe máximo total disponible para la convocatoria es de 5.000 euros, distribuidos entre las entidades que superen los criterios de valoración. El procedimiento se realiza bajo un régimen de concurrencia competitiva, donde la asignación final depende de la puntuación obtenida en función del presupuesto de las actividades y otros criterios. Las entidades seleccionadas deben justificar la realización de las actividades y cumplir con obligaciones de publicidad y uso de la lengua oficial.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir con requisitos administrativos estrictos de inscripción y buena conducta, así como a la complejidad del sistema de puntuación proporcional que r
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
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Requisitos
- Ser una asociación cultural o festiva del municipio de Picassent.
- Organizar actividades que fomenten el uso social del valenciano.
- Editar materiales, comunicar a través de las redes o impulsar proyectos que visibilicen y normalicen el uso del valenciano en el municipio.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El importe total máximo de la subvención es de 5.000 €.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
La convocatoria se regirá por la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Picassent, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones y su reglamento.
¿En qué fecha se firmó el documento oficial?
El documento fue firmado el 21 de abril de 2026.
¿Dónde se puede verificar la autenticidad del documento?
La comprobación de la autenticidad y el resto de información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/.
¿Cómo se publicarán las resoluciones de concesión?
La convocatoria concedida se publicará en el tablón de anuncios municipal, en el Butlletí Oficial de la Província y en la Base de Dades Nacional de Subvencions.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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