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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALJUNQUERA 2026
La subvención tiene por objeto: - la realización de actividades o proyectos de índole cultural, social o deportivo cuya participación esté abierta a todas las personas del municipio. - la financiación de gastos relativos al funcionamiento de las Entidades Sin Ánimo de lucro que justifiquen el mejor cumplimiento de sus funciones.
Esta convocatoria del Ayuntamiento de Valjunquera para 2026 financia actividades, programas o proyectos de índole cultural, social o deportiva cuya participación esté abierta a todos los vecinos del municipio, así como gastos de funcionamiento e inversiones que redunden en el interés público. El procedimiento es de concurrencia competitiva y tiene un presupuesto total de 6.000 euros, con un importe máximo de subvención de 1.000 euros por entidad.
Las solicitudes se presentan hasta el 15 de diciembre de 2026 y deben acompañarse de memoria explicativa, declaración de ayudas concurrentes, documentación de la entidad (estatutos, inscripción, N.I.F.) y declaración responsable. Posteriormente, los beneficiarios deben justificar los gastos hasta el 30 de noviembre del año siguiente, aportando facturas originales. El procedimiento incluye la presentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses por parte de los participantes en la tramitación.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de presentar documentación completa, cumplir requisitos legales estrictos y justificar los gastos con facturas originales en un plazo determinado.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Avísame antes de que cierre
Te escribimos una sola vez, una semana antes del 15 dic 2026, por si se te pasa. Sin cuenta.
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro.
- Tener el domicilio social en el municipio de Valjunquera.
- Estar debidamente legalizada.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- No estar incursa en ninguna causa de prohibición para ser beneficiaria de subvenciones.
- No tener conflicto de intereses ni estar en situación de abstención según la normativa vigente.
Plazos
- Presentación de solicitudes15 de diciembre de 2026
Cómo solicitarla
- Formular la solicitud en el modelo recogido en el Anexo I de las bases.
- Dirigir la solicitud a la Alcaldesa-PresidentPresidenta del Ayuntamiento.
- Presentar la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por los medios señalados en la Ley 39/2015.
- Acompañar la documentación requerida a la solicitud.
Documentos necesarios
- Memoria explicativa de la actividad, gasto o inversión.
- Declaración de ayudas concurrentes.
- Estatutos de la Entidad sin Ánimo de Lucro.
- Documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente.
- N.I.F de la Entidad y del representante legal.
- Declaración Responsable (Plan contra el Fraude de octubre de 2022).
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de proyectos se pueden financiar?
Se financian actividades o proyectos de índole cultural, social o deportiva cuya participación esté abierta a todas las personas del municipio, así como gastos de funcionamiento o inversiones que beneficien al interés público municipal.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
Cada entidad podrá optar a un máximo de 1.000,00 euros.
¿Qué documentación es obligatoria?
Se deben aportar la memoria explicativa, la declaración de ayudas concurrentes, la documentación de la entidad (estatutos, inscripción, N.I.F) y la declaración responsable del Plan contra el Fraude.
¿Se pueden presentar solicitudes fuera del plazo establecido?
Sí, podrán atenderse solicitudes fuera del plazo de 15 de diciembre de 2026 si existen causas extraordinarias que lo justifiquen y hay crédito presupuestario disponible.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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