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CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS DE BARRIOS Y PARROQUIAS EN EL EJERCICIO 2026
Regular el procedimiento de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para realizar fiestas populares de carácter tradicional en los barrios y parroquias del Ayuntamiento de Monforte. 2.- BENEFICIARIOS.
Esta convocatoria regula la concesión de subvenciones para financiar la celebración de fiestas populares de carácter tradicional en los barrios y parroquias del Ayuntamiento de Monforte de Lemos durante el ejercicio 2026. El objetivo es apoyar actividades culturales y artísticas vinculadas a la cultura popular, como música, bailes, danzas y representaciones, excluyendo expresamente los gastos de comidas. El importe máximo por subvención es de 1.000,00 euros, y el presupuesto total disponible para la convocatoria es de 25.000,00 euros, distribuidos en aplicaciones presupuestarias específicas. Las ayudas son únicas y no acumulativas, y su concesión es proporcional al número de solicitudes aceptadas, limitándose a la financiación de gastos derivados del fomento de las festividades locales.
Podrán solicitar estas ayudas todas las parroquias y barrios del municipio que promuevan dichas fiestas, siempre que actúen como representantes los organizadores. Los requisitos clave incluyen demostrar el carácter tradicional de los actos, no tener deudas con el Ayuntamiento, la Hacienda Pública ni la Seguridad Social, así como presentar una declaración responsable sobre otras ayudas recibidas y contar con la autorización previa del Concello de Monforte para la celebración de la fiesta. Es fundamental que los solicitantes no estén incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.
La solicitud debe presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o mediante las formas previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común, con una fecha límite de presentación hasta el 30 de octubre de 2026. La documentación requerida incluye el modelo normalizado de solicitud, CIF o NIF, memoria explicativa del programa de actividades con fechas y responsables, datos bancarios certificados, declaraciones responsables sobre deudas y otras ayudas, y cualquier otro documento de interés.
Dificultad media Requiere autorización previa, múltiples declaraciones responsables, justificación estricta de gastos con facturas y plazos de justificación ajustados.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser parroquia o barrio del Ayuntamiento de Monforte de Lemos.
- Promover fiestas populares.
- Justificar el carácter tradicional de los actos.
- No ser deudor del Ayuntamiento por cualquier tipo de deuda de derecho público.
- No ser deudor con la hacienda pública y con la Seguridad Social.
- Presentar declaración responsable de las subvenciones y/o ayudas solicitadas para la misma finalidad.
- Contar con autorización concedida por el Concello de Monforte para la celebración de la fiesta.
- Cumplir las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo solicitarla
- Presentar solicitud de acuerdo con el modelo normalizado que figura como ANEXO I de las presentes bases.
- Adjuntar la documentación requerida a la solicitud.
Documentos necesarios
- Modelo normalizado de solicitud (ANEXO I).
- CIF en el caso de personas jurídicas o NIF en el caso de personas físicas.
- DNI de cada miembro en caso de agrupación de personas o comisión de fiestas.
- Poderes del representante o apoderado único de la agrupación.
- Documentación acreditativa de los fondos propios, subvención concedida y otras subvenciones (Anexo III).
- Cualquier otra documentación que sea solicitada por el Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El importe de cada subvención no podrá superar los 1.000,00 € por anualidad, aunque la concesión será proporcional al número de solicitudes presentadas y aceptadas.
¿Las ayudas son acumulables con otras?
Las ayudas reguladas en las presentes bases tendrán carácter único y no acumulativo. En ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras Administraciones públicas o entes públicos o privados, podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se rige por la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones municipales, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio y la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.
¿Qué requisitos debe cumplir el solicitante?
Debe ser parroquia o barrio del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, justificar el carácter tradicional de los actos, no ser deudor del Ayuntamiento, de la hacienda pública ni de la Seguridad Social, presentar declaración responsable de otras ayudas y contar con autorización del Concello para la celebración de la fiesta.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFDocumento de la convocatoria en español
- DOCCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS DE BARRIOS Y PARROQUIAS EN EL EJERCICIO 2026
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