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BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES CULTURALES Y PERSONAS JURÍDICO PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO, QUE DESARROLLAN SU ACTIVIDAD EN EL CAMPO DE LA CULTURA. AÑO 2026
Esta convocatoria regula la concesión de subvenciones por parte del Concello de Lugo para el ejercicio 2026, destinadas a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades culturales gratuitas. El objetivo es financiar programas y actividades que complementen la programación municipal, beneficiando a colectivos culturales de la vecindad, con un importe total disponible de 15.000 euros. Podrán participar asociaciones legalmente constituidas y domiciliadas en el municipio de Lugo, inscritas en los registros públicos correspondientes y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Es requisito indispensable haber justificado los gastos de subvenciones anteriores y no percibir otras subvenciones municipales nominativas en el mismo ejercicio. Además, las entidades deben tener un departamento de mujer e igualdad acreditado y no pueden utilizar la imagen de la mujer con connotaciones sexuales o denigrantes. El importe máximo que puede solicitar una entidad es de 3.000 euros, debiendo presentar documentación detallada como la solicitud oficial, copia del NIF, descripción de actuaciones, declaración responsable de cumplimiento de obligaciones y certificación bancaria.
El procedimiento es de concurrencia competitiva y requiere la justificación de los gastos una vez concedida la subvención. El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación oficial de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo. La resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local, actuando como comisión evaluadora la jefa del servicio de cultura, un trabajador del mismo servicio, un técnico del servicio de intervención y un funcionario del servicio de cultura, quienes valorarán las solicitudes presentadas según los criterios establecidos en las bases.
Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de cumplir requisitos específicos como la inscripción en registros, tener departamento de mujer e igualdad, justificar gastos anteriores y el límite de 3.000
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser asociación cultural o persona jurídica privada sin ánimo de lucro.
- Desarrollar la actividad en el campo de la cultura (Área de Cultura).
- Presentar la solicitud durante el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación oficial del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.
Plazos
- Publicación del extracto de la convocatoriaDía siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo (fecha exacta no especificada en el texto oficial, depende de la publicación del BOPL).
- Cierre del plazo para presentar solicitudesDía 10 (diez días hábiles) contados desde el día siguiente a la publicación oficial del extracto de la convocatoria.
Cómo solicitarla
- Esperar a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, en el Taboleiro electrónico municipal y en la página web del Concello de Lugo.
- Presentar la solicitud dentro del plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación oficial del extracto de la convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe total de la subvención?
El importe total de las subvenciones que se otorgarán asciende a 15.000,00 euros.
¿Cuándo entran en vigor estas bases?
Las bases entrarán en vigor el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.
¿Qué tipo de recursos se pueden interponer?
Se pueden interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acuerdo en un plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo en un plazo de dos meses desde la desestimación por silencio o resolución expresa.
¿Qué actividades son subvencionables?
Son subvencionables las actuaciones establecidas en el artículo 9 bajo la epígrafe 'gastos subvencionables', siempre que se trate de programas y actividades culturales gratuitas de interés general y sectorial.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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