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Acuerdo de 23/10/2026 del C.R. del ILC, por el que se convocan subvenciones con destino a la realización de actuaciones del XXIII Festival Internacional León Vive la Magia 2026-2027
Se entiende por subvención toda disposición de fondos públicos realizada a favor de personas o entidades públicas o privadas para fomentar una actividad de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de un fin público, siempre que cumplan las condiciones exigidas en el art. 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
Esta convocatoria del Instituto Leonés de Cultura financia actuaciones del XXIII Festival Internacional León Vive la Magia 2026-2027, con un plazo de presentación de 10 días hábiles tras su publicación en el BOP. Solo pueden solicitarla personas jurídicas sin actividad económica, como ayuntamientos o juntas vecinales, que deban estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El procedimiento es de tramitación anticipada, lo que implica que la subvención se concede antes de realizar la actividad, obligando a los beneficiarios a justificar posteriormente el gasto real y la ejecución del proyecto.
La dificultad radica en la complejidad administrativa de la tramitación anticipada, que requiere comprometerse a ejecutar la actividad y justificarla con facturas y transferencias bancarias en una fecha posterior, además de cumplir estrictamente con las obligaciones fiscales y de seguridad social declaradas bajo responsabilidad.
Dificultad media La tramitación anticipada exige comprometerse a ejecutar la actividad antes de recibir el dinero, obligando a una justificación posterior rigurosa de gastos y cumplimiento de obligaciones fiscales y d
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Reunir los requisitos establecidos en la convocatoria de tramitación anticipada de subvenciones para financiar actuaciones del XXIII Festival Internacional León Vive la Magia 2026-2027.
- No encontrarse incurso/a en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las previstas en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
- Cumplir con los requisitos establecidos por la normativa para obtener la condición de beneficiario, así como para el reconocimiento del derecho y abono de la ayuda.
- Disponer de la documentación que acredita el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias con la Diputación Provincial de León y Entes dependientes de la misma.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social.
- Prestar consentimiento expreso para que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social cedan la información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud en el formulario del Anexo I.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Firmar y sellar la solicitud.
- Presentar la solicitud en la sede electrónica de la Diputación Provincial de León (https://sede.dipuleon.es/).
Documentos necesarios
- Documentación adjunta que acredite el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias con la Diputación Provincial de León y Entes dependientes de la misma.
- Documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social.
- Declaración de no haber solicitado ni recibido ninguna subvención de otras Administraciones Públicas ni de Entidades Públicas Privadas, o relación de las subvenciones solicitadas y recibidas.
Preguntas frecuentes
¿Quién convoca esta subvención?
El Instituto Leonés de Cultura (ILC).
¿Para qué financia esta convocatoria?
Para la realización de actuaciones del XXIII Festival Internacional León Vive la Magia 2026-2027.
¿Qué tipo de tramitación se utiliza?
Tramitación anticipada de subvenciones.
¿Dónde se puede presentar la solicitud?
En la sede electrónica de la Diputación Provincial de León (https://sede.dipuleon.es/).
¿Existe algún plazo de presentación de solicitudes?
El texto oficial no especifica fechas concretas para la presentación de solicitudes, aunque indica que la Ordenanza General de Subvenciones entró en vigor el 27 de octubre de 2022.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFSOLICITUD
- PDFANEXO IV
- PDFANEXO III
- PDFANEXO II
- DOCORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES. CONCURRENCIA COMPETITIVA 2022
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