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Subvenciones a las Comisiones de Fiestas Populares, Tradicionales, Gastronómicas y festivales no profesionales del Ayuntamiento de Redondela para el año 2026.
Esta convocatoria establece los criterios para conceder subvenciones a comisiones de fiestas populares, tradicionales, gastronómicas y festivales no profesionales en el municipio de Redondela para el año 2026. La ayuda cubre gastos específicos como la contratación de artistas, alquiler de escenarios, equipos de sonido y luces, así como seguros y servicios sanitarios, excluyendo inversiones o gastos corrientes. El periodo de celebración de las actividades debe estar comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026.
El presupuesto global disponible para la convocatoria es de 18.000 euros, con un importe máximo de 1.500 euros por evento y un porcentaje de cofinanciación que oscila entre el 70% y el 75% según la duración del festival. Los beneficiarios son personas jurídicas sin ánimo de lucro o agrupaciones de personas que cumplan requisitos de inscripción y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, debiendo tener su domicilio social en Redondela.
La solicitud debe presentarse exclusivamente por medios electrónicos en la sede del ayuntamiento hasta el 10 de noviembre de 2026, iniciándose el plazo el día siguiente a la publicación en el BOP. La tramitación incluye una fase de instrucción, una comisión de evaluación integrada por concejales y un periodo de alegaciones de diez días. Tras la resolución, las entidades beneficiarias deben justificar el gasto y la comisión de evaluación puede solicitar información adicional en cualquier momento del expediente administrativo.
El importe final se asigna proporcionalmente si la suma de las solicitudes supera la dotación disponible, y la resolución definitiva se notifica electrónicamente.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos administrativos estrictos, presentar documentación electrónica, esperar a una comisión de evaluación y realizar una justificación det
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
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Requisitos
- Ser comisión o asociación organizadora de las fiestas o festivales mencionados.
- Ser entidad sin ánimo de lucro.
- Que la actividad sea de interés social para el Concello de Redondela.
- Que la actividad esté dirigida a la población en general.
- Que la actividad se inicie y remate durante el año 2026 (entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026).
- Que la actividad no sea deportiva ni de cualquier otra índole que no esté comprendida en el objeto de la subvención.
- Que la actividad no haya sido subvencionada en el mismo ejercicio a través de otras convocatorias del Concello de Redondela o convenios firmados con el mismo.
Preguntas frecuentes
¿Qué gastos son objeto de subvención?
Se financian gastos de contratación de artistas, grupos y orquestas; alquiler y montaje de escenarios; servicios de equipos de sonido y luces; alquiler y servicio de generadores eléctricos; seguro de responsabilidad civil, servicios sanitarios, seguridad o publicidad; y alquiler de aseos portátiles.
¿Qué gastos están excluidos?
No se financian gastos de inversiones (obras y bienes inventariables), cantidades satisfechas al Concello por el uso de instalaciones, intereses de deudas bancarias, impuestos indirectos recuperables, actividades deportivas, gastos de funcionamiento de las entidades y viajes de ocio.
¿Cuál es el importe total disponible?
El crédito global disponible para el otorgamiento de estas subvenciones es de 18.000 euros.
¿Qué ocurre si las solicitudes superan el presupuesto?
Si el importe de las ayudas correspondientes a las solicitudes recibidas supera la dotación orzamentaria, la cantidad subvencionable se reducirá de manera proporcional entre las beneficiarias para no superar la cantidad consignada.
¿Qué normativa se aplica en caso de infracciones?
Las bases y convocatoria quedan en materia de infracciones y sanciones a lo dispuesto en el Título IV de la Ley 9/2007, de 17 de noviembre, General de Subvencións, y artículo 28 de la OMS.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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