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DECRETO FORAL 59/2026,de 18 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades culturales por parte de ayuntamientos de Bizkaia, en 2026
Se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de actividades culturales por parte de los ayuntamientos de Bizkaia durante el ejercicio 2026. La convocatoria tiene como objetivo fomentar una oferta cultural de calidad, impulsar estrategias de apoyo a los agentes culturales y apoyar económicamente los proyectos de interés cultural para el Territorio Histórico de Bizkaia, con especial atención a la igualdad de género y la perspectiva interseccional.
La subvención es exclusivamente para los municipios de Bizkaia con menos de 6.000 habitantes, priorizando a aquellos con menor número de habitantes debido a sus limitaciones materiales, económicas y organizativas.
Tampoco se detallan los importes concretos de los premios o becas, ni se mencionan requisitos de cofinanciación por parte de los solicitantes, por lo que estos datos no pueden ser inferidos de la información actual.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del Decreto Foral en el BOB. La convocatoria se tramita conjuntamente con las bases reguladoras y su aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia. Se deben presentar informes previos de evaluación del impacto de género, jurídico, de control económico y de legalidad. Tras la concesión, los beneficiarios estarán obligados a justificar el uso de las subvenciones conforme a la normativa vigente.
Dificultad media La dificultad es media debido a la restricción estricta de beneficiarios (municipios <6.000 hab.), la necesidad de cumplir con múltiples informes previos obligatorios (género, jurídico, económico, leg
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en otra lengua de la convocatoria
Requisitos
- Ser un municipio de Bizkaia con menos de 6.000 habitantes.
- Que el proyecto tenga un interés cultural para Bizkaia.
- Que el coste final de la actividad no supere el importe de la subvención concedida.
- Que el coste final de la actividad no sea inferior al presupuestado en la solicitud.
- Que el solicitante cuente con una partida presupuestaria disponible para financiar la actividad.
- Cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal.
Preguntas frecuentes
¿A quiénes va dirigida esta subvención?
Exclusivamente a los municipios de Bizkaia con menos de 6.000 habitantes, priorizando a los de menor población.
¿Cuál es el importe máximo disponible?
El límite presupuestario para la convocatoria es de 350.000,00 euros.
¿Qué ocurre si el coste final es menor al presupuestado?
Se procederá al reintegro de la subvención concedida proporcionalmente.
¿Qué normativa de protección de datos debe cumplir?
La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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