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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA FIESTAS POPULARES EN EL AÑO 2026
Esta convocatoria concede subvenciones al 100% del coste de organizar fiestas populares o patronales con tradición y arraigo en el municipio de Cambados para el año 2026, financiando gastos directamente vinculados a la organización como música, alquiler de infraestructuras, derechos de autor, publicidad y pirotecnia. El presupuesto total disponible asciende a 12.000,00 €, con un límite individual de 25% del total para cada entidad, y las actuaciones deben realizarse entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2026.
Podrán solicitarla asociaciones y entidades sin fines de lucro que tengan su domicilio social en Cambados, estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y cumplan con las obligaciones tributarias y de seguridad social al día. El plazo de presentación de solicitudes es de quince días naturales tras la publicación del extracto en el BOPPO, debiendo presentar documentación detallada sobre la actividad, acreditaciones del representante, copia del CIF, certificaciones de deudas, datos bancarios y declaraciones responsables.
La valoración se basa en criterios como el interés para el concello, la trascendencia fuera del municipio, el número de ciudadanos beneficiados, la diversificación de actividades, el carácter periódico de las mismas y la imposibilidad de realizarlas sin la ayuda, ponderando especialmente el impacto local y la participación ciudadana. Tras la concesión, las entidades deben justificar la subvención hasta el 30 de noviembre de 2026, aportando instancia de abono, cuenta justificativa de gastos, facturas con desglose de IVA y constancia de pago, memoria justificativa y declaraciones responsables, agotando la vía administrativa con recursos potestativos o contenciosos.
Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de cumplir requisitos administrativos estrictos como la inscripción en el registro municipal, la obligatoriedad de la relación electrónica con la administrac
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro del Concello de Cambados.
- Organizar fiestas patronales o populares de tradición y arraigo en el concello.
- Realizar las actividades subvencionables entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2026.
- La entidad no debe haber solicitado, concedido o recibido otras subvenciones para el desarrollo de la misma actividad subvencionada por el Concello de Cambados.
- El importe de la subvención percibida individualmente no puede ser superior al 25% de la contía consignada para el total de la aplicación orzamentaria.
- El importe de la subvención en ningún caso puede ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.
- Los gastos subvencionables deben estar directamente vinculados a la actividad objeto de subvención y derivados de la organización y contratación por las beneficiarias.
- La entidad debe declarar todas las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo objeto en el momento de la solicitud o en cualquier otro de la vigencia del expediente.
Documentos necesarios
- Declaración Responsable (Anexo V).
- Memoria Justificativa de la Actividad (Anexo VI).
- Justificativos acreditativos de los gastos presentados.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades se pueden subvencionar?
Se subvencionan gastos directamente vinculados a la actividad objeto de subvención, derivados de la organización y contratación de servicios o actividades de carácter festivo o lúdico dentro del programa de las fiestas populares o patronales. Esto incluye gastos de contratación de actividades musicales y culturales, alquiler de infraestructuras, derechos de autor, publicidad de la propia actividad, pirotecnia y otros directamente vinculados.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El importe máximo de las subvenciones previstas en el Orzamento Municipal 2026 asciende a 12.000,00 €. Además, el importe individual de cada subvención no puede ser superior al 25% de la contía consignada para el total de la aplicación orzamentaria, y en ningún caso puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué periodo de tiempo debe cubrir la actividad?
Las actividades subvencionables deben llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de 2026.
¿Son compatibles estas subvenciones con otras ayudas?
Sí, estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué documentos debo presentar?
Se deben presentar la Declaración Responsable (Anexo V) y la Memoria Justificativa de la Actividad (Anexo VI), incluyendo el resumen económico con total de gastos, total de ingresos, fuentes de financiación y objetivos previstos y alcanzados, así como los justificativos acreditativos de los gastos.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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