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SUBVENCION PARA FINANCIAR PROYECTOS MUSICALES DE GERNIKA-LUMO EN EL EJERCICIO 2026.
Esta convocatoria es una subvención anual de 2026 gestionada por la Casa de Cultura de Gernika-Lumo para financiar proyectos musicales de carácter local sin ánimo de lucro. El objetivo es apoyar la creación musical, la grabación de productos y la difusión, siempre que se enmarquen en el programa 'Arbolape' y se cumplan estrictamente las normas de uso del euskera y la publicidad oficial. Solo pueden participar personas físicas que no desarrollen actividad económica o asociaciones musicales donde al menos el 50% de los miembros estén empadronados en el municipio.
Para participar, es obligatorio presentar una memoria del proyecto, un presupuesto detallado, copia del DNI, justificación de otros fondos si los hay y un compromiso de participar en un concierto del programa 'Arbolape' en el año siguiente. La subvención se paga en una sola transferencia bancaria y debe justificarse íntegramente el año siguiente con facturas y memorias, excepto un 10% de gastos justificados por documentos simples. El plazo de presentación es de 20 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia.
El incumplimiento de las condiciones, como la falta de euskera o la no justificación de gastos, conlleva la devolución de la subvención más intereses de demora.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de empadronamiento, idioma euskera, participación en un concierto futuro y la obligación de justificar el 90% de los gast
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser un grupo, banda o persona física con actividad relacionada con la música.
- En el caso de grupos o bandas, al menos el 50% de los miembros deben estar empadronados en Gernika-Lumo.
- En el caso de personas físicas, deben estar empadronadas en Gernika-Lumo.
- La actividad debe tener relación con los centros musicales de Gernika-Lumo.
- Comprometirse a participar en un concierto del programa musical 'Arbolape' en el año siguiente a la concesión.
- No estar en situación de incumplimiento de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social (salvo que la subvención individual sea inferior a 3.000 €).
Cómo solicitarla
- Descargar el formulario de solicitud en la web del Organismo Autónomo Casa de Cultura de Gernika-Lumo.
- Rellenar el formulario de solicitud.
- Presentar la solicitud en el plazo de 20 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia.
- Firmar la solicitud y adjuntar la documentación requerida.
- Enviar la solicitud completa a la dirección del Organismo Autónomo Casa de Cultura de Gernika-Lumo.
Documentos necesarios
- Certificados de hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (adjuntar como documentación o declarar responsablemente según importe).
- Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de empadronamiento (si aplica).
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de actividades musicales se pueden financiar?
Se pueden financiar actividades ordinarias o extraordinarias, incluyendo la grabación, producción o fabricación de productos musicales en formato físico o digital, así como el material de comunicación y difusión del proyecto.
¿Es obligatoria la participación en el programa 'Arbolape'?
Sí, los solicitantes deben comprometerse a participar en un concierto del programa musical 'Arbolape' organizado por la Casa de Cultura en el año siguiente a la concesión de la subvención.
¿Son compatibles estas subvenciones con otras ayudas?
Sí, son compatibles con otras ayudas públicas o privadas, pero se debe comunicar previamente si se ha solicitado o percibido otra ayuda para la misma actividad, y la suma de todas las ayudas no puede superar el importe total de los gastos justificados.
¿Qué requisitos de empadronamiento se exigen?
Las personas físicas deben estar empadronadas en Gernika-Lumo. En el caso de grupos o bandas, al menos el 50% de los miembros deben estar empadronados en el municipio.
¿Qué sucede si no estoy al corriente de mis obligaciones fiscales o de la Seguridad Social?
No se puede ser beneficiario de la subvención, salvo que la subvención solicitada sea individual y su importe sea inferior a 3.000 €, en cuyo caso basta con declarar responsablemente estar al corriente.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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