Concesión directa de subvenciones a la Liga Profesional de Fútbol Femenino para la distribución de la recaudación de las quinielas y el quinigol en virtud de la Ley del juego, de acuerdo con el RD 369/2026, de 6 de mayo
Iniciar de oficio el procedimiento de concesión de las subvenciones correspondientes al ejercicio 2026 destinadas a la Liga Nacional de Fútbol Profesional y a la Liga Profesional de Fútbol Femenino, en ejecución de lo dispuesto en el Real Decreto 369/2026, de 6 de mayo.
Esta resolución inicia el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la Liga Profesional de Fútbol Femenino destinadas al ejercicio 2026, financiadas con cargo a la recaudación del Impuesto sobre actividades de juego. Los fondos se destinarán preferentemente al pago de prestaciones necesarias para el mejor desenvolvimiento de las competiciones, como se recoge en el convenio de coordinación con la Real Federación Española de Fútbol y el convenio colectivo con las jugadoras profesionales.
El importe inicialmente previsto para esta entidad asciende a 2.608.976,62 euros, distribuido proporcionalmente sobre el crédito disponible de 7.913.895,87 euros según los porcentajes legales establecidos en el Real Decreto 369/2026. La subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.106.336A.485.03 y es compatible con otras fuentes de financiación destinadas a la misma finalidad, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada.
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado. Las entidades solicitantes deberán presentar la solicitud por medios electrónicos, acompañada de una solicitud debidamente cumplimentada y firmada, una declaración responsable de las actividades a financiar que concrete las actuaciones previstas para el ejercicio 2026, una declaración responsable del representante legal acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, la comunicación de los datos bancarios de la cuenta de titularidad de la entidad y cualquier otra documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Dificultad media Se requiere presentación electrónica, declaración responsable de actividades, declaración de cumplimiento de requisitos legales, comunicación de datos bancarios y gestión de subsanaciones en 10 días t
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Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser la Liga Nacional de Fútbol Profesional o la Liga Profesional de Fútbol Femenino.
- Las actuaciones concretas a financiar deben ser identificadas en la documentación que acompañe a la solicitud.
- Las actuaciones deben tender a la satisfacción de los compromisos recogidos en el convenio de coordinación con la Real Federación Española de Fútbol o en el convenio colectivo con la representación de las jugadoras profesionales (según corresponda a la liga).
Plazos
- Inicio del procedimiento de concesión1 de julio de 2026
- Plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión3 meses a contar desde la fecha de inicio del procedimiento
Cómo solicitarla
- La solicitud se presenta en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes.
- La solicitud debe acompañarse de la documentación que identifique las actuaciones concretas que se pretenden financiar.
- La resolución de concesión se notificará por medios electrónicos a través de la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Documentos necesarios
- Documentación que identifique las actuaciones concretas que se pretenden financiar.
Preguntas frecuentes
¿A qué ligas van dirigidas estas subvenciones?
A la Liga Nacional de Fútbol Profesional y a la Liga Profesional de Fútbol Femenino.
¿Cómo se distribuyen los fondos para la Liga Profesional de Fútbol Femenino?
Se destinan preferentemente al pago de prestaciones necesarias para el mejor desenvolvimiento de las competiciones de fútbol profesional, según lo recogido en el convenio de coordinación con la Real Federación Española de Fútbol y en el convenio colectivo con la representación de las jugadoras profesionales.
¿Qué sucede si no se notifica la resolución en el plazo establecido?
La solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo se notifica la resolución de concesión?
Por medios electrónicos mediante su puesta a disposición de las entidades interesadas a través de la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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