CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ASOCIACIONES REGISTRADAS EN EL MOLAR PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE INTERES PUBLICO Y SOCIAL PARA EL AÑO 2026
La convocatoria concede subvenciones a asociaciones registradas en El Molar para financiar actividades de interés público y social durante el año 2026, excluyendo a entidades con actividad económica. El presupuesto total disponible es de 20.400 euros, con un importe máximo de 2.000 euros por proyecto, pudiendo recibir un reparto proporcional del remanente presupuestario hasta el 100% de los gastos justificables. El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, debiendo presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por medios electrónicos.
Los criterios de valoración y baremación serán aplicados por una comisión colegiada designada en el acuerdo, y tras la concesión, los beneficiarios deberán justificar el gasto conforme a la normativa vigente.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos de registro, presentar documentación específica, aplicar a un procedimiento competitivo y justificar el 100% del gasto, además de ges
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Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro.
- Estar registrada en el Ayuntamiento de El Molar.
Plazos
- Presentación de solicitudes y documentación10 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento.
- O presentar la solicitud y la documentación por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La cuantía máxima otorgada a cada proyecto será de 2000€.
¿Qué pasa si hay fondos sobrantes?
Si tras la aplicación inicial de los criterios de valoración existiera crédito presupuestario sobrante, dicho remanente se repartirá de forma proporcional entre todas las entidades beneficiarias en función de los puntos obtenidos en la baremación.
¿Cuál es el límite de gasto?
La suma de la cuantía inicial y del importe adicional resultante del reparto del excedente tendrá como límite infranqueable el 100% de los gastos justificables presentados en el presupuesto de la actividad.
¿Quién forma parte de la Comisión de Valoración?
La comisión está integrada por el Concejal de Cultura (o quien le delegue), el Técnico de Contratación (o quien le sustituya) y el Administrativo del Área de Cultura (o quien le sustituya).
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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