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Convocatoria de subvenciones para el aprendizaje de euskera por parte de la ciudadanía de Muskiz durante el curso 2025-26
Deialdi honen helburua Muskizen erroldatutako pertsonei euskara ikasteko dirulaguntzak emateko baldintzak arautzea da. El objeto de la presente es regular las condiciones para otorgar ayudas para el aprendizaje del euskera exclusivamente para personas empadronadas en Muskiz.
Esta convocatoria regula las condiciones para otorgar subvenciones destinadas a financiar el aprendizaje del euskera por parte de la ciudadanía de Muskiz durante el curso 2025-26. La ayuda cubre exclusivamente los gastos de matrícula de los cursos realizados en euskaltegis públicos o privados homologados por HABE, excluyendo cualquier otro tipo de gasto como estancia o desplazamiento. El periodo de realización de los cursos debe estar comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, incluyendo cursos intensivos y barnetegis.
Los beneficiarios son personas físicas empadronadas en el municipio de Muskiz que no desarrollan actividad económica. Para optar a la subvención, los solicitantes deben estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de derecho público, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Muskiz. Asimismo, no pueden estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones ni haber sido sancionados administrativamente o penalmente por discriminación por razón de sexo o violencia machista. Quedan excluidas las personas que realicen cursos en centros educativos o en programas específicos de centros de trabajo no recogidos en la convocatoria.
El importe máximo de la subvención a otorgar a cada alumno es de 400 euros, aunque la cantidad máxima no podrá superar el 80 % del importe de la matrícula abonada. El presupuesto total disponible para esta convocatoria es de 7.000 euros, por lo que si las solicitudes superan este importe, la diferencia se restará de manera proporcional entre las personas subvencionadas.
Las solicitudes se deberán presentar del 1 al 31 de octubre de 2026 en el registro del Ayuntamiento de Muskiz o a través de los canales telemáticos habilitados.
Dificultad media Requiere cumplimiento estricto de requisitos administrativos, tributarios y de asistencia, además de la presentación de documentación específica y justificación posterior del gasto.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser empadronado/a en el municipio de Muskiz.
- Haber cursado estudios de euskera en euskaltegis públicos o privados homologados por HABE (incluidos el Euskaltegi Municipal y el de AEK de Muskiz).
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de derecho público, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Muskiz.
- No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- No estar sancionado/a administrativamente o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni estar prohibido/a para concurrir a convocatorias económicas o de ayudas en virtud del Texto Refundido de la Ley para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres (Decreto Legislativo 1/2023).
- Si se es subvencionado/a por una empresa o institución, el importe total recibido no debe superar el importe de la matrícula.
- No haber realizado cursos en centros públicos o privados excluidos (Escuela Oficial de Idiomas, academias, IRALE, IVAP u otros programas específicos de centros de trabajo).
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud tras la resolución de las mismas.
- Una vez notificada la resolución de concesión, comunicar por escrito al Ayuntamiento de Muskiz la aceptación de la subvención o la renuncia a la misma en un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo disponible?
El Ayuntamiento de Muskiz dispone de un presupuesto de 7.000 euros para esta convocatoria. Si las solicitudes superan este importe, la diferencia se restará de manera proporcional entre las personas subvencionadas.
¿Qué centros educativos son elegibles?
Solo son elegibles los euskaltegis públicos o privados homologados por HABE, incluidos el Euskaltegi Municipal y el Euskaltegi de AEK de Muskiz. Quedan excluidos otros centros como la Escuela Oficial de Idiomas, academias, IRALE, IVAP u otros programas específicos de centros de trabajo.
¿Qué cursos pueden ser subvencionados?
Se pueden subvencionar cursos de cualquier duración realizados entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, incluyendo cursos intensivos y internados (en cuyo caso se subvencionan los gastos de matrícula, pero no los de estancia). También se subvencionan los gastos de estancia en los internados.
¿Qué ocurre si no acepto la subvención concedida?
Se entenderá que la persona beneficiaria acepta la subvención si no comunica por escrito su renuncia al Ayuntamiento de Muskiz en un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la fecha de notificación del acuerdo de concesión.
¿Qué sucede en caso de incumplimiento de las condiciones?
Procederá el reintegro de la ayuda recibida, con los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago hasta la fecha en la que se acuerde el reintegro, según lo establecido en la Ley 38/2003 y la Ley 2/1998 de la Potestad Sancionadora de las Administraciones Públicas del País Vasco.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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