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CONVOCATORIA ABIERTA DE AYUDAS PARA LA ESCOLARIZACION DE NIÑOS Y NIÑAS EN EDUCACION INFANTIL CICLO 0 A 3 AÑOS, EN BERIAIN CURSO 2026-2027
Otorgar subvenciones para la escuela infantil, entidades culturales, escuela de música, Apymas, rehabilitación de viviendas y cualquier otra subvención en el ejercicio de los poderes públicos. Los datos podrán ser cedidos en cumplimiento de la legislación vigente.
Esta convocatoria abierta del Ayuntamiento de Beriain para el curso 2026-2027 otorga becas para la escolarización de niños y niñas menores de 3 años en el primer ciclo de Educación Infantil, con el fin de facilitar el acceso a la educación y apoyar la conciliación familiar. La ayuda cubre el desembolso económico que suponen las cuotas de escolarización en los centros autorizados del municipio. Solo podrán ser beneficiarios las personas físicas que no desarrollen actividad económica y que cumplan una serie de requisitos estrictos.
Para acceder a la subvención, es obligatorio estar empadronado en Beriain junto con toda la unidad familiar, así como estar matriculado en el centro educativo correspondiente. Además, la renta per cápita de la familia solicitante no puede superar los 15.000 euros anuales, calculándose sobre los ingresos del año 2025. El importe total presupuestado para esta convocatoria es de 7.000 euros, distribuidos entre los periodos de septiembre-diciembre de 2026 y enero-julio de 2027, sin que exista ninguna modalidad de cofinanciación.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, momento en el que se abre la convocatoria. Los solicitantes deben presentar documentación justificativa que incluya el certificado de empadronamiento de la unidad familiar, la matrícula del centro educativo, la copia completa de la declaración de la renta del año 2025 y la primera hoja de la libreta bancaria o certificado de cuenta para el abono de la ayuda.
El Ayuntamiento realizará cruces de datos con el padrón municipal y la Hacienda local para verificar el cumplimiento de los requisitos, especialmente la residencia efectiva y la situación fiscal. Una vez concedida la subvención, el beneficiario deberá justificar el gasto realizado y el cumplimiento de las condiciones establecidas en las bases.
Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de calcular la renta per cápita del año 2025 con precisión, verificar el empadronamiento de toda la unidad familiar y presentar documentación fiscal completa
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Solicitud
Requisitos
- Ser residente en el municipio de Beriáin.
- Ser familia de Beriáin que trabaje los dos cónyuges o sea monoparental.
- Tener hijos menores de 3 años matriculados en Escuelas Infantiles del municipio.
- Los niños deben estar matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil.
- El centro educativo debe emitir un informe justificativo trimestral de los alumnos matriculados.
- El beneficiario debe estar al corriente de pago de las cuotas de escolarización.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud de subvención ante el Ayuntamiento de Beriáin.
- Adjuntar los documentos requeridos junto con la solicitud.
- Facilitar el número de cuenta bancaria (IBAN) para el abono de las becas.
- Firmar la solicitud o actuar en representación del solicitante si es un tercero.
- El Ayuntamiento emitirá los abonos trimestrales una vez que el centro educativo confirme que el beneficiario está al corriente de pago.
Documentos necesarios
- Justificante de la matrícula expedido por el Centro de Educación.
- Copia de la declaración de la renta completa.
- Copia del Libro de Familia.
- Copia de la primera hoja de la libreta bancaria.
Preguntas frecuentes
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se regirá por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Beriáin y las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Beriáin.
¿Cómo se justifica la ayuda?
La concesión de las becas no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria.
¿Cuándo se realizan los pagos?
Los abonos trimestrales se realizarán mediante transferencia bancaria una vez que el centro educativo confirme en los informes trimestrales justificativos que el beneficiario está al corriente de pago de las cuotas de escolarización.
¿Qué pasa si el niño deja el centro?
Causar baja en el centro educativo conlleva la baja automática en el sistema de BECA ESCUELA INFANTIL, situación que será comunicada por la dirección del centro de manera inmediata al Ayuntamiento de Beriáin para proceder a las anulaciones de las obligaciones de pago correspondientes.
¿Qué ocurre si no se pagan las cuotas de escolarización?
Si el beneficiario no está al corriente de pago de la cuota de escolarización, se suspenderá la concesión de la beca, no procediendo al abono hasta ponerse al corriente de pago.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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