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Yecla AYUNTAMIENTO DE YECLA BDNS 935570

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN EL ÁMBITO DE LOS PROGRAMAS DE ASOCIACIONISMO Y PARTICIPACIÓN, A LAS ASOCIACIONES Y ENTIDADES JUVENILES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE YECLA, EJERCICIO 2026

Resumen por IA

Esta convocatoria aprueba subvenciones para financiar actuaciones en los programas de asociacionismo y participación dirigidas a la juventud, con un ámbito temporal de gastos comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. El importe máximo subvencionable es de 4.000,00 euros por entidad, sin que el texto indique porcentajes de cofinanciación específicos ni premios en metálico. Solo pueden solicitarla las asociaciones y entidades juveniles sin ánimo de lucro que operen en el municipio de Yecla, debiendo estar inscritas en el Censo de Entidades Juveniles de la Región de Murcia con anterioridad a la fecha de aprobación de la convocatoria anual.

Las solicitudes deben presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla o mediante la forma prevista en la Ley 39/2015, adjuntando la documentación establecida en el artículo 5 de las bases reguladoras. Los criterios de concesión y la cuantía máxima se prevén en el artículo 6 de dichas bases, y tras la concesión se obliga a la justificación de los gastos y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa de subvenciones.

Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de inscripción previa en el censo regional y la obligación de justificar los gastos tras la concesión, además de respetar

Por confirmar

Descargar el texto de la convocatoria (PDF)

Documento de la convocatoria en español

Pásasela a quien le sirva

Requisitos

Plazos

Cómo solicitarla

  1. Presentar la solicitud en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla.
  2. O presentar la solicitud en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el importe máximo subvencionable?

El importe total a subvencionar es de un máximo de 4.000,00 €.

¿Qué periodo cubre la convocatoria?

El ámbito temporal de los gastos subvencionables son las actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

¿Dónde se pueden obtener las bases de la convocatoria?

Se pueden obtener en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, en la sección de Becas, Subvenciones y Ayudas/Área de Juventud.

¿Qué criterios se usan para conceder las subvenciones?

Los criterios de concesión y cuantía máxima subvencionable están previstos en el artículo 6 de las Bases reguladoras.

ConvocaAYUNTAMIENTO DE YECLA
ÁmbitoLocal
TerritorioYecla · Región de Murcia
Publicada15 oct 2026
Plazo20 dias a contar desde el siguiente a publicación del anuncio convocatoria en BORM / Transcurridos 20 días desde la publicación de la convocatoria
Comprobada23 oct 2026
Presupuesto4.000 €
BeneficiariosPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
SectorJuventud y asociacionismo
FinalidadCultura | EDUCACIÓN
Publicada enyecla.sedipualba.es
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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