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Subvenciones para la celebración de fiestas parroquiales año 2026
Esta convocatoria pública del Concello de Folgoso do Courel para 2026 financia gastos derivados de la celebración de fiestas parroquiales en el municipio, excluyendo gastos de comidas, con un periodo de realización entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026. Los beneficiarios son asociaciones, comisiones u organizadores de estas fiestas que representen a una agrupación de vecinos, debidamente acreditados, y que cumplan requisitos específicos de solvencia patrimonial y administrativa.
El presupuesto total disponible es de 2.000,00 €, con un importe máximo de 100,00 € por cada fiesta individual, o 500,00 € en los dos núcleos de mayor entidad (Folgoso do Courel y Seoane do Courel), reduciéndose proporcionalmente si las solicitudes superan este límite. Las solicitudes deben presentarse hasta el 23 de noviembre de 2026 en el Registro General del Concello, adjuntando documentación como la solicitud firmada, copia del NIF, memoria explicativa de la actividad, declaración responsable de no estar en prohibición, datos bancarios y facturas con recibo de pago.
La resolución se notificará antes del 31 de diciembre de 2026 y el pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la justificación de la actividad realizada. La concesión recae en la Alcaldesa previa informe de la Intervención Municipal.
Dificultad media Requiere reunir documentación específica como memoria explicativa, declaraciones responsables y facturas con recibo de pago, además de cumplir requisitos de solvencia y acreditación de representación
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
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Requisitos
- Ser asociación, comisión u organizador de las fiestas populares que represente a una agrupación de vecinos de una parroquia o lugar del municipio.
- No ser deudor del Concello por cualquier tipo de deuda de derecho público.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración estatal, autonómica y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad o prohibición de las mencionadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 y concordantes de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
- Contar con las autorizaciones necesarias para la celebración de las fiestas populares.
Plazos
- Presentación de solicitudes23 de noviembre de 2026
- Notificación de resoluciónAntes del 31 de diciembre de 2026
Cómo solicitarla
- Instar la solicitud de subvención por el representante de las asociaciones debidamente constituidas o por el representante de la comisión o agrupación de vecinos de la parroquia o lugar donde se celebre la fiesta.
- Presentar la solicitud en el Registro General del Concello de Folgoso do Courel.
- Aportar la documentación requerida según el apartado 4 de las bases.
- Esperar la notificación individual de la resolución de concesión o denegación.
Documentos necesarios
- Datos bancarios de la cuenta a la que se podrá transferir el importe de la subvención, debidamente certificados por la entidad bancaria.
- Facturas y demás documentación de valor probatorio o equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil y eficacia administrativa (deben estar selladas y firmadas, debiendo constar el recibo del pago).
- Extracto o justificante bancario en caso de que el pago se realice por transferencia bancaria.
- Cualquier otro documento que se considere de interés para la mejor evaluación de la subvención y cualquier otra documentación que sea solicitada por el Concello.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades son subvencionables?
Son subvencionables los gastos derivados de la realización de actividades y programas relacionados con las festividades locales llevadas a cabo en el período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026, no siendo subvencionables los gastos de comidas.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El importe de cada subvención no podrá superar los 100,00 € por fiesta, y los 500,00 € en el caso de las celebradas en los dos núcleos de mayor entidad: Folgoso do Courel y Seoane do Courel. El importe máximo a subvencionar será de 2.000,00 €.
¿Quién es el órgano competente para la concesión?
El órgano competente para la concesión de las ayudas será la Alcaldesa, previo informe de la Intervención Municipal.
¿Cómo se notifica la resolución?
Las ayudas concedidas se notificarán individualmente en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2026.
¿Cómo se paga la subvención?
El pago de estas ayudas se realizará mediante transferencia bancaria, tras su justificación por medio de la presentación de la documentación anteriormente relacionada.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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