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ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2026 POR EL QUE SE CONVOCA SUBVENCIONES A LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE PROG Y ACTIV QUE COMPLEMENTEN Y/O SUPLAN LA INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN EL ÁMBITO SOCIOCULTURAL, FESTIVO Y DE TIEMPO LIBRE
Esta convocatoria aprueba subvenciones para financiar programas y actividades socioculturales, festivas y de tiempo libre en el municipio de Sestao durante el ejercicio 2026, con el fin de complementar o suplir la intervención del Ayuntamiento. Los fondos están destinados exclusivamente a gastos de ejecución de actividades como teatro, música, artes plásticas, patrimonio, educación extraacadémica y fiestas de barrio, así como a gastos subvencionables con límites específicos como la adecuación de locales, comidas populares y subcontratación, excluyendo salarios, mobiliario de alto coste, gastos protocolarios y bebidas alcohólicas. La convocatoria establece un marco legal basado en leyes estatales y autonómicas, incluyendo principios de transparencia, igualdad y no discriminación, y prohíbe explícitamente cualquier contenido que atente contra la igualdad de género o promueva la LGTBIIfobia.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro, siempre que cumplan requisitos estrictos de inscripción y domicilio. Las personas físicas deben estar empadronadas en Sestao con una antelación mínima de un año a la publicación de la convocatoria, mientras que las personas jurídicas deben estar legalmente constituidas, inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco (o en registros estatales o autonómicos si no están en el vasco) con la misma antelación, y tener su domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, todas las entidades deben estar inscritas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Sestao de Entidades Ciudadanas, requisito que se comprobará de oficio si la inscripción se solicita dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Es crucial que los gastos sean estrictamente necesarios y respondan indubitadamente a la naturaleza de la actividad subvencionada.
Dificultad media Requiere cumplimiento de requisitos de inscripción y domicilio estrictos, exclusión de gastos como salarios y mobiliario, y prohibición de contenido discriminatorio, además de plazos de justificación.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro.
- Que los programas o actividades se realicen en el término municipal de Sestao o tengan como beneficiarios a personas empadronadas en el municipio.
- Que las actividades se desarrollen durante el ejercicio 2026.
- Que las actividades correspondan a las previstas en las bases.
- Que las actividades contribuyan a la consecución del interés público municipal, complementando o supliendo la intervención del Ayuntamiento de Sestao.
- Que la actividad sea viable técnica y económicamente.
- Que la entidad no tenga lemas, frases o contenido que atenten contra la igualdad de mujeres y hombres, contra la cordialidad, contra la convivencia entre iguales, contra Euskal Herria o contra los objetivos de la convocatoria.
- Que la entidad no cometa, incite o promocione la LGTBIIfobia.
- Que la entidad no tenga prohibida la participación en convocatorias de subvenciones por haber sido declarada responsable de actividades que atenten contra la igualdad o la no discriminación.
- Que la entidad no tenga prohibida la participación en convocatorias de subvenciones por haber sido declarada responsable de actividades de violencia de género o machista.
Plazos
- Inicio del plazo de presentación de solicitudesDía siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia
- Finalización del plazo de presentación de solicitudes30 días hábiles tras el inicio del plazo
Cómo solicitarla
- Presentar las solicitudes de forma telemática en los supuestos contemplados en el artículo 14 de la Ley 39/2015.
- Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao o de forma telemática según los artículos 16.4 y 16.5 de la Ley 39/2015.
Documentos necesarios
- Documentación preceptiva (no se especifican documentos concretos en el texto, solo se menciona que debe presentarse junto con la solicitud).
- Estatutos de la entidad.
- NIF/NIE/NIF de la entidad.
- Certificado de empadronamiento de los beneficiarios (si no se realizan en el término municipal).
- Documentación que acredite la viabilidad técnica y económica de la actividad.
- Documentación que acredite que la entidad no tiene prohibida la participación en convocatorias de subvenciones por haber sido declarada responsable de actividades que atenten contra la igualdad o la no discriminación.
- Documentación que acredite que la entidad no tiene prohibida la participación en convocatorias de subvenciones por haber sido declarada responsable de actividades de violencia de género o machista.
- Ahalorde-emaile (poder notarial o apud acta).
Preguntas frecuentes
¿Qué ámbitos cubre esta subvención?
La convocatoria financia programas y actividades en el ámbito sociocultural, festivo y de tiempo libre.
¿Se pueden solicitar subvenciones para el alquiler de locales municipales?
No, la finalidad de la convocatoria es exclusivamente la colaboración económica para la promoción y desarrollo de programas y actividades.
¿Qué requisitos deben cumplir las entidades para solicitar la subvención?
Las entidades deben ser sin ánimo de lucro, las actividades deben realizarse en Sestao o tener como beneficiarios a personas empadronadas en el municipio, deben ser viables técnica y económicamente, y no deben atentar contra la igualdad, la cordialidad, la convivencia, Euskal Herria, ni promover la LGTBIIfobia.
¿Cómo se presenta la solicitud?
Las solicitudes se presentan de forma telemática, o bien en el Registro General del Ayuntamiento de Sestao para las personas físicas.
¿Qué documentos deben aportarse?
Se debe aportar la documentación preceptiva, los estatutos de la entidad, el NIF/NIE/NIF, el certificado de empadronamiento (si es necesario), documentación que acredite la viabilidad técnica y económica, documentación que acredite que la entidad no tiene prohibida la participación en convocatorias de subvenciones, y el poder notarial o apud acta si se actúa por representación.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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