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CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADA A FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE LA NARRACIÓN ORAL EN EL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026.
Fomentar la participación de asociaciones de narración oral en el municipio. 2.
Esta convocatoria de subvención del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para 2026 financia actividades de narración oral y fomento de la lectura, así como la formación para socios, con un importe máximo de 3.000 euros. Está destinada a asociaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en el municipio, que deben acreditar haber realizado actividades de narración oral y fomento de la lectura en los dos últimos años, contar con un mínimo de 40 socios y estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
La ejecución del proyecto debe realizarse durante el ejercicio 2026, y la justificación de la subvención concedida se debe presentar hasta el 31 de enero de 2027. La solicitud se presenta electrónicamente en el plazo de 10 días naturales tras la publicación en el BOP de Guadalajara, aportando documentación como estatutos, relación de socios, justificantes de actividad previa y el proyecto de actividades con presupuesto detallado. La valoración se basa en criterios de puntuación que priorizan el número de socios, las actividades de fomento de la lectura para públicos familiar y adulto realizadas en años anteriores, y la formación previa impartida a los socios, con un máximo de 80 puntos totales.
El órgano competente para la instrucción es el área de Biblioteca de la Concejalía de Cultura y para la concesión final es el Alcalde-Presidente, quien notificará la resolución provisional tras la valoración de las solicitudes.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de acreditar requisitos específicos como el número mínimo de socios, la actividad previa en los dos últimos años y la presentación electrónica en un plazo
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser una asociación de narración oral.
- Que la asociación esté radicada en el municipio de Azuqueca de Henares.
Plazos
- Entrada en vigor de las bases23 de diciembre de 2025
- Presentación de solicitudes23 de diciembre de 2025
- Comunicación del acuerdo de concesión23 de diciembre de 2025
- Plazo para recurso de reposición1 mes desde el día siguiente a la comunicación del acuerdo
- Plazo para recurso contencioso-administrativo2 meses desde el día siguiente a la comunicación del acuerdo
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud en el plazo establecido tras la entrada en vigor de las bases.
- Aportar la documentación requerida según el formulario de solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Qué gastos son subvencionables?
Se consideran subvencionables los gastos necesarios para el desarrollo de los proyectos y/o actividades, como acciones formativas, actividades de narración oral dirigidas a diferentes públicos, adquisición de materiales, alojamiento, desplazamiento de profesionales, diseño y organización, y promoción y difusión de las actividades.
¿Qué gastos NO son subvencionables?
No son subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los gastos de procedimientos judiciales y los gastos de los programas, proyectos o actividades que no respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
¿Cuándo entran en vigor las bases?
Las bases entrarán en vigor el día 23 de diciembre de 2025, una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde su publicación en el BOP de fecha 28 de noviembre de 2025.
¿Dónde se publican las bases?
Las bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la web de la Base Nacional de Subvenciones y en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal www.azuqueca.es.
¿Qué recursos administrativos se pueden interponer?
Se puede interponer un recurso de reposición ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes desde el día siguiente a la comunicación del acuerdo, o un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la comunicación.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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