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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS FIESTAS POPULARES 2026
Esta convocatoria otorga subvenciones para financiar gastos de naturaleza corriente necesarios para la promoción y difusión de las Fiestas Populares en el año 2026, ajustándose a las bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento de Yecla. El objetivo es apoyar económicamente los proyectos y actividades que se desarrollen durante el ejercicio 2026, conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas. Solo podrán beneficiarse personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, debiendo estar legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de aprobación de la convocatoria y tener su domicilio en Yecla.
Asimismo, se admiten personas físicas o entidades colectivas en los términos previstos en la normativa general de subvenciones, siempre que cumplan con los requisitos de constitución y ubicación. El importe máximo subvencionable es de 10.000 euros, sin especificación de cofinanciación ni partida presupuestaria detallada en el texto proporcionado. Las solicitudes deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Yecla, en formato electrónico o presencial, dentro de un plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BORM.
Tras la concesión, los beneficiarios deberán justificar el gasto conforme a la Ley 39/2015, sin que el texto incluya detalles sobre plazos de justificación ni garantías específicas más allá de la normativa general aplicable.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de constitución y domicilio, así como la obligación de justificar el gasto tras la concesión, aunque el importe máximo es
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser asociación legalmente constituida con anterioridad a la fecha de aprobación de la convocatoria.
- Tener domicilio en Yecla.
- Ser persona física o entidad colectiva, conforme a la normativa general en materia de subvenciones públicas.
Plazos
- Publicación del anuncio de la convocatoria en el B.O.R.M.Fecha de referencia para el cómputo de plazos (no hay fecha fija en el texto, se cuenta desde el día siguiente a la publicación).
- Plazo de presentación de solicitudes20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el B.O.R.M.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, sito en Calle Ercilla, s/n, Planta baja.
- Presentar la solicitud en el Registro Electrónico de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Yecla (yecla.sedipualba.es).
- Presentar la solicitud en la Secretaría Junta de Gobierno.
Documentos necesarios
- Documentos establecidos en el artículo 5 de las Bases reguladoras.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo subvencionable?
El importe total a subvencionar es de un máximo de 10.000 €.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se ajusta a las Bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión del 3 de octubre de 2005 y modificadas en sesión del 6 de julio de 2009.
¿Qué gastos pueden financiarse?
Se financian los gastos de naturaleza corriente necesarios para la realización de los proyectos y actividades de promoción y difusión de las Fiestas Populares 2026.
¿Dónde se pueden obtener las bases?
En el Departamento de Festejos Municipal, Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla y en la página web del Ayuntamiento (www.yecla.es).
¿Qué requisitos específicos de documentación hay?
Los solicitantes deben aportar los documentos establecidos en el artículo 5 de las Bases reguladoras.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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