← Volver a la búsqueda › País Vasco
ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 5 DE OCTUBRE DE 2026 POR EL QUE SE CONVOCA SUBVENCIONES A LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE PROG Y ACTIV QUE COMPLEMENTEN Y/O SUPLAN LA INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN EL ÁMBITO SOCIOCULTURAL, FESTIVO Y DE TIEMPO LIBRE
Colaborar económicamente con la promoción y desarrollo de programas y actividades socioculturales, festivas, juveniles y de tiempo libre Udalbatzak diruz lagundutako jarduerak egiaztatzea, egiaztatzea eta/edo kontrolatzea Verificar, comprobar y/o controlar las actividades subvencionadas por esta Corporación Tratamenduaren oinarri juridikoa Honako hauen bidez emandako botere publikoak egikaritzea: Toki Araubidearen Oinarriak arautzen dituen apirilaren 2ko 7/1985 Legearen 25.2.m) artikulua - Euskadiko Toki Erakundeei buruzko apirilaren 7ko 2/2016 Legearen 17.1.20 artikulua.
Se trata de una convocatoria de subvención económica para la promoción y desarrollo de programas y actividades en el ámbito sociocultural, festivo y de tiempo libre, con el objetivo de complementar o suplir la intervención del Ayuntamiento de Sestao en 2026. La subvención financia la realización de actividades en estos ámbitos, siempre que no tengan finalidad lucrativa y estén dirigidas a la ciudadanía del municipio, contribuyendo a cubrir la oferta cultural local.
Los beneficiarios son personas físicas y jurídicas que no desarrollen actividad económica. Para poder optar a la subvención, es obligatorio presentar un programa detallado de la actividad, así como documentación que acredite la identidad del solicitante, la titularidad de la cuenta bancaria, el empadronamiento, la no inhabilitación para percibir ayudas, el estado al corriente de pagos con la Seguridad Social y el Ayuntamiento, y la inscripción en los registros de asociaciones correspondientes. Además, se exige que el solicitante no esté sujeto a procedimientos de reintegro o sanción por ayudas de naturaleza similar.
La convocatoria se desarrollará en el año 2026, con una duración de las actividades que debe ser compatible con el periodo de ejecución de la subvención.
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB). Las solicitudes deben presentarse telemáticamente en el caso de personas jurídicas, o en el registro del Ayuntamiento en el caso de personas físicas. Tras la concesión, el beneficiario debe justificar el cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad, así como comunicar la obtención de otras ayudas que financien las actividades subvencionadas. Los datos deben conservarse al menos cuatro años desde el pago efectivo de la subvención.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir con una documentación administrativa extensa y variada, incluyendo verificaciones de identidad, empadronamiento, estado de pagos con la Segurida
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
FORMULARIO
Requisitos
- Presentar el programa detallado de la actividad.
- No estar incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza a la que concurre ante el Ayuntamiento de Sestao.
- No haber sido sancionada penal o administrativamente por incurrir en discriminación por sexo.
- No haber sido sancionada con la prohibición de concurrir a convocatorias de subvenciones o ayudas en virtud del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.
- No perseguir finalidad lucrativa alguna con el desarrollo de las actividades.
- Estar al corriente del pago con la Hacienda Pública competente.
- Estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Estar al corriente con el Ayuntamiento de Sestao.
- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No estar incurso en la causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
- Estar inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco y en su defecto en el Registro Especial de Gobierno Vasco, o en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Sestao.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud junto con el programa detallado de la actividad.
- Aportar los documentos requeridos para la verificación de los datos de identidad, titularidad de cuenta bancaria, empadronamiento, no inhabilitación, situación de pago con DFB y TGSS, inscripción en registros de asociaciones y declaración de no estar en procedimientos sancionadores.
Documentos necesarios
- Programa detallado de la actividad.
- DNI/NIE/PAS/NIF.
- Certificado de empadronamiento / Datos de domicilio fiscal.
- Certificado de no inhabilitación para percibir subvenciones y/o ayudas.
- Certificado de DFB de estar al corriente de pago en sus obligaciones, o documentación acreditativa de la exención.
- Certificado de la TGSS de estar al corriente de pago de obligaciones.
- Certificado de hallarse al corriente de pago con el Ayuntamiento de Sestao.
- Inscripción en el Registro General de Asociaciones del País Vasco y en su defecto en el Registro Especial de Gobierno Vasco, o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Sestao.
- Ficha bancaria.
- Poder de representación (notarial, apud acta...) si se actúa por representación.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades se pueden financiar?
Actividades en el ámbito sociocultural, festivo y de tiempo libre que complementen y/o suplen la intervención del Ayuntamiento de Sestao.
¿Es necesario presentar un programa detallado?
Sí, la solicitud deberá ir acompañada necesariamente del programa detallado de la actividad.
¿Qué requisitos de inscripción en registros son necesarios?
Se debe estar inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco y en su defecto en el Registro Especial de Gobierno Vasco, o en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Sestao.
¿Qué sanciones impiden solicitar la subvención?
No haber sido sancionada penal o administrativamente por incurrir en discriminación por sexo, ni estar incurso en procedimientos de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza, ni estar prohibido concurrir por el Decreto Legislativo 1/2023.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
Que te avisen a ti
Cada lunes, las convocatorias de cultura que se han abierto esa semana. Sin cuenta: solo tu correo.
Un correo a la semana, con lo de tu zona si dejas el código postal. Baja con un clic.¿Quieres además el cruce con tu proyecto? Crea una cuenta gratis.