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Orden de 7 de octubre de 2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones para la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales, y de ficción, y pilotos de series de animación y televisión
Contribuir al fomento y promoción del sector audiovisual a través del apoyo concreto en esta convocatoria a la realización de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión en Castilla y León.
Los gastos subvencionables incluyen personal (hasta 35%), preproducción, producción, distribución, promoción, publicidad, gastos corrientes (hasta 15%) y amortización de bienes de equipo, siempre que se vinculen a la región. Los beneficiarios son empresas o personas físicas productoras audiovisuales con sede o establecimiento permanente en Castilla y León, o agrupaciones de empresas con al menos una unidad en la comunidad, debiendo nombrar un representante si es una agrupación.
La solicitud debe presentarse en régimen de concurrencia competitiva cumpliendo con la normativa de subvenciones y el régimen de minimis, con obligación de justificación posterior y cumplimiento de los fines de la subvención durante un periodo determinado según el tipo de bien adquirido.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de ubicación en Castilla y León, límites porcentuales en gastos de personal y corrientes, y la obligación de justificació
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser productor audiovisual en la modalidad de largometrajes, documentales, ficción o pilotos de series de animación y de televisión.
- Ser persona física o jurídica privada.
- Promover inversiones para la realización de las producciones audiovisuales mencionadas.
- Cumplir con los criterios de viabilidad económica y comercial, calidad técnica y artística.
- Contribuir a la difusión de la riqueza cultural de Castilla y León.
- Vincular a los profesionales que participen en la ejecución del proyecto y a las temáticas y localizaciones a Castilla y León.
Preguntas frecuentes
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se rige por la Orden CYT/788/2020, la Ley 5/2008 de subvenciones de Castilla y León, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla (RD 887/2006), además del Reglamento (UE) 2023/2831 de ayudas de minimis.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El texto oficial no especifica los importes concretos ni el importe máximo de la subvención.
¿Cuándo se publican las bases y cuándo se presentan las solicitudes?
El texto oficial no indica las fechas de publicación de las bases ni los plazos para la presentación de solicitudes.
¿Qué documentación hay que aportar?
El texto oficial no detalla qué documentos específicos hay que aportar para la solicitud.
¿Se puede subcontratar la actividad?
Sí, el beneficiario podrá subcontratar hasta el 100% del importe de la subvención, aunque si excede el 20% y el importe es superior a 60.000 euros, se requiere autorización previa.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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