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CONVOCATORIA A LAS PEÑAS TAURINAS DE ALBAL 2026
La concesión de subvenciones a las peñas taurinas de Albal, para la organización y celebración de programas de festejos taurinos desarrollados entre las fechas que establezca la convocatoria.
Esta convocatoria aprueba ayudas económicas para financiar la organización y celebración de festejos taurinos en el municipio de Albal, con una cuantía máxima global de 4.000 euros. Está dirigida exclusivamente a las peñas taurinas de la localidad que no desarrollen actividad económica, debiendo estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y tener su sede en Albal. Las solicitudes deben presentarse de forma telemática, sin posibilidad de reformulación, y deben incluir una declaración responsable y los documentos adjuntos requeridos en el formulario de solicitud. Tras la resolución, los beneficiarios deben justificar el gasto conforme a la normativa vigente.
Para participar, es obligatorio estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal, contar con la sede social en el municipio y no haber recibido otras ayudas o aportaciones económicas del Ayuntamiento para los mismos programas o actuaciones. Además, se debe cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, acreditados mediante una declaración responsable integrada en la solicitud.
El importe máximo total disponible para la convocatoria es de 4.000 euros, imputados a la aplicación presupuestaria 641.3381.480602. La concesión se realiza mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, donde se valorarán las solicitudes según los criterios específicos que se establezcan en la convocatoria, sin que exista ninguna modalidad de cofinanciación adicional.
Las solicitudes deben presentarse en formato telemático dentro del plazo establecido en la convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y estará disponible en la web del ayuntamiento y en el tablón de anuncios electrónico.
Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de cumplir requisitos específicos de inscripción y no haber recibido otras ayudas, además de la obligación de tramitación telemática y justificación de gasto
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser una asociación inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Albal.
- Desarrollar actividades festivas, culturales y de ocio.
- Las actividades deben redundar en beneficio de los intereses municipales.
- Las solicitudes deben presentarse dentro del plazo establecido en la convocatoria específica (no detallado en el texto oficial).
- Cumplir con la normativa de reintegro de fondos (interés de demora) según la Ley General de Subvenciones.
Plazos
- Inicio del expediente29 de septiembre de 2026
- Redacción de la convocatoria por la TAG1 de octubre de 2026
- Emisión de informe-propuesta de resolución por la TAG1 de octubre de 2026
- Emisión de informe de fiscalización por Intervención5 de octubre de 2026
- Aprobación de la convocatoria por la Alcaldía06 de octubre de 2026
- Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)Día siguiente a la publicación en el BOP nº 94 (20 de mayo de 2026)
Cómo solicitarla
- Esperar a la publicación de la convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) o en la sede electrónica del Ayuntamiento.
- Presentar la solicitud en el plazo establecido en dicha convocatoria específica.
- Aportar la documentación requerida en la convocatoria específica.
- Esperar a la resolución de la solicitud por parte de la Alcaldía.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta subvención?
Las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Albal que desarrollen actividades festivas, culturales y de ocio.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La cuantía global máxima de las ayudas es de 4.000 euros.
¿Cómo se tramita la solicitud?
Se tramita mediante procedimiento de concurrencia competitiva, una vez publicada la convocatoria específica en el BOP.
¿Qué normativa regula esta subvención?
Se rigen por la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la Ley 7/1985, de las Bases del Régimen Local, y la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas de las Subvenciones a las Peñas Taurinas de Albal.
¿Se garantiza la concesión de la subvención?
No. La concesión de futuras ayudas queda sujeta a las disponibilidades presupuestarias y/o a la aprobación de nuevas bases y convocatorias.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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