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BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN AÑO 2026
Es objeto de la presente Convocatoria la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y dentro de los límites presupuestarios que se especifican, a entidades, personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro que realicen actividades, actuaciones o proyectos culturales que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de los valencineros y/o se basen en razones de tipo sociocultural.
El objetivo es apoyar iniciativas en artes plásticas, audiovisuales, nuevas tecnologías y circo contemporáneo, siempre que tengan interés social y cultural. La subvención es dineraria y sin contraprestación directa, aunque se permite solicitar autorización para gastos con entidades vinculadas. Los proyectos deben ejecutarse durante 2026 y las justificaciones deben presentarse hasta el 1 de junio de 2027. Podrán participar personas físicas o jurídicas, incluidas PYME, siempre que cumplan requisitos de inscripción, obligaciones tributarias y de seguridad social, y no tengan deudas con el ayuntamiento.
Los proyectos deben incluir descripción, justificación, presupuesto, recursos humanos, metodología, indicadores y memoria de actuaciones anteriores. La valoración se realiza mediante una puntuación mínima de 40 puntos para obtener la subvención, con un reparto proporcional hasta el 100% del importe solicitado. El importe máximo por proyecto es de 6.000 euros si se presenta en una línea temática, o 3.000 euros si se presenta en ambas líneas. También se establece una subvención mínima de 1.000 euros o el 100% del presupuesto del proyecto si es menor.
Tras la resolución provisional, existe un plazo de 10 días naturales para la reformulación del proyecto si la subvención concedida no cubre el 100% del presupuesto solicitado. La convocatoria fue objeto de una resolución que corrigió un error material en las fechas de ejecución y justificación, cambiando el año de 2026 a 2027 en los plazos correspondientes.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de presentar documentación completa, cumplir requisitos específicos, alcanzar una puntuación mínima de 40 puntos y gestionar posibles reformulaciones del p
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser entidad, persona física o jurídica con o sin ánimo de lucro.
- Realizar actividades, actuaciones o proyectos culturales que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de los valencineros y/o se basen en razones de tipo sociocultural.
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 38/2003, LGS.
- Aportar la totalidad de la ayuda recibida a la ejecución de las actividades.
Plazos
- Plazo para la realización de la actividad30 de abril de 2027
- Plazo de presentación de las justificaciones1 de junio de 2027
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud de subvención según el procedimiento de concurrencia competitiva establecido en las bases reguladoras.
- Aportar la documentación requerida en las bases reguladoras.
- Firmar el documento de aceptación de la subvención otorgada.
- Solicitar la autorización de gastos por servicios ejecutados con entidades o personas vinculadas con la entidad o persona solicitante.
Documentos necesarios
- Documento de aceptación de la subvención.
- Solicitud de autorización de gastos por servicios ejecutados con entidades o personas vinculadas con la entidad o persona solicitante.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para realizar la actividad?
El plazo para la realización de la actividad no podrá exceder del 30 de abril de 2027.
¿Cuál es el plazo para presentar las justificaciones?
El plazo de presentación de las justificaciones no podrá superar el 1 de junio de 2027.
¿Qué tipo de entidades pueden solicitar la subvención?
Pueden solicitarla entidades, personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
Deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 38/2003, LGS, y deben aplicar la totalidad de la ayuda recibida a la ejecución de las actividades.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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