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RESOLUCIÓN DECRETO DE ALCALDÍA NÚM 2026/1723, DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026, DEL AYUNTAMIENTO DE EL SAUZAL, POR EL QUE SE CONVOCA SUBVENCIÓNES EN MATERIA DEPORTIVA (EJERCICIO ECONÓMICO 2026)
La concreción de las bases reguladoras que, con carácter general, se aplicarán a los procedimientos de concesión de subvenciones que tramite el Ayuntamiento de El Sauzal, en desarrollo de lo establecido en la normativa aplicable.
Se trata de una convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de El Sauzal para el ejercicio económico 2026, destinada a PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica en el ámbito deportivo. La resolución, dictada el 30 de septiembre de 2026, establece un crédito presupuestario de 20.000,00 euros para financiar actuaciones relacionadas con la promoción y fomento del deporte, en línea con el Plan Estratégico de Subvenciones del municipio.
La subvención se otorga mediante un régimen de concurrencia competitiva, priorizando las solicitudes según criterios de valoración preestablecidos en las bases reguladoras, que deben aprobarse previamente en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento. El procedimiento requiere la presentación de solicitudes dentro del plazo de 10 días hábiles tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañadas de la documentación exigida para acreditar los requisitos de participación y la viabilidad de la actuación propuesta.
Tras la resolución favorable, el beneficiario deberá justificar el gasto conforme a la normativa aplicable, salvo que se apliquen pagos anticipados, posibilidad que en este caso no se prevé expresamente en la normativa reguladora de la subvención, por lo que el pago se realizará tras la justificación de la ejecución de la actividad.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de tramitar las bases reguladoras previas, cumplir con los requisitos de concurrencia competitiva y justificar el gasto, aunque no se exigen garantías ni p
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser entidad o persona física que cumpla con los requisitos de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de El Sauzal.
- Presentar solicitud antes de la fecha límite de presentación de solicitudes (no especificada en el texto oficial).
- Aportar documentación acreditativa del pago de las facturas presentadas o documento justificativo de la recepción de fondos en efectivo (si el importe es igual o superior a 1.000 euros).
- Aportar factura que comprenda los gastos subvencionables separados por tipo de gasto e importes.
- Aportar documento o anexo fotográfico que acredite la debida publicidad del programa, actividad o actuación financiada.
Documentos necesarios
- Factura que comprenda los gastos subvencionables separados por tipo de gasto e importes.
- Documento o anexo fotográfico que acredite la debida publicidad del programa, actividad o actuación financiada.
- Documentación acreditativa del pago de las facturas presentadas (o documento justificativo de la recepción de fondos en efectivo si el importe es igual o superior a 1.000 euros).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El texto oficial no especifica un importe máximo, aunque indica que el crédito disponible para esta línea es de 20.000,00€.
¿Qué tipo de actividades deportivas se pueden financiar?
Se pueden financiar actividades de iniciación, de carácter formativo y recreativo, así como competiciones y actividades deportivas recreativas realizadas al margen de las federaciones.
¿Cómo se debe presentar la solicitud?
El texto oficial no detalla los pasos específicos para presentar la solicitud, aunque menciona que se debe seguir el procedimiento establecido en la Ordenanza General de Subvenciones.
¿Qué requisitos de documentación son obligatorios?
Es obligatorio aportar factura con desglose de gastos, anexo fotográfico de la publicidad de la actividad y documentación acreditativa del pago de las facturas.
¿Existe alguna fecha límite para solicitar la subvención?
El texto oficial no indica una fecha límite concreta para la presentación de solicitudes, aunque se menciona que la resolución se dictó el 29 de septiembre de 2026.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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