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AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR EN EL MUNICIPIO DE SOTO DE LA VEGA. CURSO 2026-2027
La ayuda para la adquisición de libros de texto y material escolar para los alumnos que están cursando Educación Infantil, Educación Primaria y ESO empadronados en el municipio de Soto de la Vega.
La convocatoria ofrece ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el curso 2026-2027, destinadas a alumnos de Educación Infantil, Primaria y ESO empadronados en el municipio de Soto de la Vega. El presupuesto total disponible es de 21.000,00 €, sin especificar un importe máximo individual ni porcentajes de cofinanciación. Los requisitos clave exigen estar empadronado al menos uno de los progenitores y el alumno en el municipio, no tener deudas con el Ayuntamiento y acreditar la intención de permanecer empadronados durante seis meses tras la concesión, además de cumplir las causas de exclusión de la Ley 38/2003. La solicitud debe presentarse en el plazo de 20 días hábiles tras la publicación en el BOE, aportando DNI, libro de familia, certificado de matrícula y documentación sobre situación familiar si aplica, con obligación de justificar el gasto. Tras la resolución, que tiene un plazo de 3 meses, se puede interponer recurso de reposición en un mes o recurso contencioso administrativo en dos meses.
Los beneficiarios son personas físicas que no desarrollan actividad económica y que cumplan con las condiciones de empadronamiento y solvencia fiscal. Es necesario presentar una solicitud en el modelo oficial dirigido al Alcalde, acompañada de la documentación requerida y las declaraciones juradas sobre la intención de permanencia en el municipio y la ausencia de causas de inelegibilidad. El órgano competente para resolver es el Alcalde, quien notificará la resolución en un plazo máximo de 3 meses, tras lo cual se agota la vía administrativa.
La dificultad de la tramitación es media debido a la necesidad de acreditar la intención de permanencia en el municipio durante seis meses y la obligación de justificar el gasto, lo que añade complejidad a la solicitud inicial.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de acreditar la intención de permanencia en el municipio durante seis meses y la obligación de justificar el gasto.
Descargar el texto de la convocatoria (DOCX)
SOLICITUD
Requisitos
- Estar empadronado al menos uno de los progenitores que figuren en el Libro de Familia y el alumno en el municipio de Soto de la Vega.
- No mantener deudas tributarias o de otro carácter con el Ayuntamiento de Soto de la Vega.
- No concurrir ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones que privan de la condición de beneficiario.
Plazos
- Publicación de la Ordenanza reguladora13 de agosto de 2026
- Fecha de resolución y notificación3 meses tras la aprobación de la propuesta de resolución definitiva
- Plazo para interponer recurso de reposición1 mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación
- Plazo para interponer recurso contencioso-administrativo2 meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud en el Ayuntamiento de Soto de la Vega.
- Aportar la documentación requerida junto con la solicitud.
- Esperar la resolución del expediente, que se notificará en un plazo máximo de 3 meses.
- Si la solicitud no reúne los requisitos, subsanar las deficiencias en un plazo máximo de 10 días.
Documentos necesarios
- Fotocopias del DNI de los beneficiarios.
- Fotocopia del Libro de familia.
- Certificado de matrícula en el Centro Escolar.
- Convenio Regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, en su caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué cursos educativos cubre la ayuda?
La ayuda está destinada a alumnos que cursan Educación Infantil, Educación Primaria y ESO.
¿Qué requisitos debe cumplir el solicitante?
Debe estar empadronado en Soto de la Vega (al menos uno de los progenitores y el alumno), no tener deudas con el Ayuntamiento y no estar en las causas de inhabilitación de la Ley 38/2003.
¿Cuánto dinero hay disponible?
Los créditos presupuestarios para 2026 ascienden a 21.000,00 €.
¿Qué documentos debo aportar?
Se deben presentar fotocopias del DNI, el Libro de familia, el certificado de matrícula y, si procede, el convenio regulador o sentencia de separación/divorcio.
¿Cuánto tiempo tengo para subsanar una solicitud rechazada?
Si la solicitud no reúne los requisitos, se tiene un plazo máximo e improrrogable de 10 días para subsanar las deficiencias.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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