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Convocatoria de subvenciones para actividades culturales en el año 2026. Segunda convocatoria.
La realización de actividades, programas o proyectos dentro de las siguientes áreas temáticas: Artes escénicas: Teatro, danza y circo Música Artes plásticas y audiovisuales Artesanía y recuperación de tradiciones populares de arraigo local Ciencias aplicadas Letras Difusión del Patrimonio Edición de publicaciones Y que, además, cumplan con una o varias de las siguientes finalidades: Creación 1)Investigación 1)Difusión 1)Promoción de la participación ciudadana 1)Formación Todas las referidas actividades, programas o proyectos deberán ser realizados en el término municipal del presente Ayuntamiento.
Esta convocatoria del Ayuntamiento de Jaca para 2026 financia actividades culturales (teatro, música, artes plásticas, etc.) con fines de creación, difusión o formación, ejecutadas entre octubre de 2025 y septiembre de 2026. Solo pueden participar personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan sede en Jaca, estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación, y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
No se subvencionan gastos de inversión, bienes inventariables por encima de 500 euros, productos alimenticios ni ediciones de publicaciones a la venta, ni actividades similares a las de los servicios municipales. El importe máximo subvencionable es del 80% del presupuesto total, siendo el mínimo 800 euros y el máximo 4.000 euros por solicitud, con una aportación directa del beneficiario del 20%. La concesión se realiza mediante concurso simplificado de libre concurrencia, valorando principalmente la memoria del proyecto (hasta 44 puntos) por su claridad, calidad técnica y alineación con las áreas temáticas y finalidades establecidas.
Las solicitudes deben presentarse electrónicamente en el Registro General del Ayuntamiento de Jaca en un plazo de 20 días hábiles tras la publicación del extracto en el BOP Huesca, y deben incluir documentación justificativa y, en su caso, constancia de otras ayudas recibidas. Tras la concesión, el beneficiario debe justificar la ejecución de la actividad y el gasto, reintegrando cualquier exceso de financiación percibido junto con los intereses de demora correspondientes.
Dificultad media La dificultad media se debe a los requisitos previos de inscripción con un año de antelación, la necesidad de acreditar situación fiscal y de seguridad social, la imposición de un porcentaje de cofina
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro.
- Estar legalmente constituidas.
- Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación a la fecha de publicación de las bases.
- Desarrollar su actividad efectiva en Jaca, acreditándolo con un año de antelación y disponiendo de sede social y espacio físico en Jaca.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Jaca.
- No tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria del mismo en el Presupuesto vigente del Ayuntamiento.
- No concurrir con las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Jaca.
- Disponer de sede en el municipio de Jaca.
- Aportar el consentimiento para que el Ayuntamiento recabe directamente los certificados de obligaciones tributarias (si no se aportan por sí mismos junto con la solicitud).
- Cumplir la regla de compatibilidad: la subvención solicitada más los ingresos generados por la actividad no debe superar el 80% del coste de la actividad subvencionada (el beneficiario debe sufragar al menos el 20% con medios propios).
- Aportar una ficha por cada actividad a financiar, desglosando los gastos por conceptos y excluyendo los no subvencionables.
- Aportar una previsión de ingresos por cada actividad, indicando los conceptos (matrículas, entradas, etc.) y excluyendo las cuotas de los socios.
Cómo solicitarla
- Rellenar la solicitud indicando los datos de la entidad solicitante y el representante legal.
- Rellenar el anexo de presupuesto desglosando gastos e ingresos por actividades.
- Aportar la declaración de inexistencia de otros ingresos o subvenciones recibidas con la misma finalidad.
- Firmar la solicitud y los anexos el solicitante o representante legal, así como el beneficiario o representante legal.
- Presentar la documentación completa en el Ayuntamiento de Jaca.
Documentos necesarios
- Solicitud de subvención.
- Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones.
- Documentación acreditativa del desarrollo de la actividad en Jaca (sede social y espacio físico).
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales con tributarias y con la Seguridad Social.
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Jaca.
- Ficha de previsión de gastos por actividad (desglosada por conceptos).
- Ficha de previsión de ingresos por actividad (desglosada por conceptos).
- Declaración de inexistencia de otros ingresos o subvenciones recibidas con la misma finalidad.
- Documentación acreditativa del consentimiento para el recabado de certificados por el Ayuntamiento (si el solicitante no aporta los certificados por sí mismo).
- Firma del solicitante o representante legal y sello.
- Firma del beneficiario o representante legal y sello.
Preguntas frecuentes
¿Qué entidades pueden solicitar esta subvención?
Las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones, desarrollen su actividad en Jaca y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de reintegro de subvenciones.
¿Qué áreas temáticas se financian?
Artes escénicas (teatro, danza y circo), música, artes plásticas y audiovisuales, artesanía y recuperación de tradiciones populares de arraigo local, ciencias aplicadas, letras y difusión del patrimonio.
¿Qué requisitos de antigüedad en Jaca se exigen?
Las entidades deben acreditar haber desarrollado su actividad efectiva en Jaca con un año de antelación a la fecha de publicación de las bases, disponiendo de sede social y espacio físico en el municipio.
¿Qué porcentaje del coste de la actividad debe aportar la entidad?
La entidad debe sufragar con medios propios al menos el 20% del coste de la actividad subvencionada, ya que la subvención no puede superar el 80% del coste total.
¿Es compatible esta subvención con otras?
Sí, es compatible con cualquier otra subvención concedida por otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que el importe de la subvención más los ingresos generados por la actividad no supere el 80% del coste de la actividad.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- DOCXFormulario justificación
- DOCXJustificación-declaración responsable
- DOCXJustificación-Relación gastos
- DOCXJustificación-Memoria
- DOCXDeclaración responsable
- DOCXFormulario solicitud
- DOCXSolicitud-Memoria
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