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Jaca AYUNTAMIENTO DE JACA BDNS 931774

Convocatoria de subvenciones para actividades culturales en el año 2026. Segunda convocatoria.

La realización de actividades, programas o proyectos dentro de las siguientes áreas temáticas:  Artes escénicas: Teatro, danza y circo  Música  Artes plásticas y audiovisuales  Artesanía y recuperación de tradiciones populares de arraigo local  Ciencias aplicadas  Letras  Difusión del Patrimonio  Edición de publicaciones Y que, además, cumplan con una o varias de las siguientes finalidades: Creación 1)Investigación 1)Difusión 1)Promoción de la participación ciudadana 1)Formación Todas las referidas actividades, programas o proyectos deberán ser realizados en el término municipal del presente Ayuntamiento.

Resumen por IA

Esta convocatoria del Ayuntamiento de Jaca para 2026 financia actividades culturales (teatro, música, artes plásticas, etc.) con fines de creación, difusión o formación, ejecutadas entre octubre de 2025 y septiembre de 2026. Solo pueden participar personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan sede en Jaca, estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación, y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

No se subvencionan gastos de inversión, bienes inventariables por encima de 500 euros, productos alimenticios ni ediciones de publicaciones a la venta, ni actividades similares a las de los servicios municipales. El importe máximo subvencionable es del 80% del presupuesto total, siendo el mínimo 800 euros y el máximo 4.000 euros por solicitud, con una aportación directa del beneficiario del 20%. La concesión se realiza mediante concurso simplificado de libre concurrencia, valorando principalmente la memoria del proyecto (hasta 44 puntos) por su claridad, calidad técnica y alineación con las áreas temáticas y finalidades establecidas.

Las solicitudes deben presentarse electrónicamente en el Registro General del Ayuntamiento de Jaca en un plazo de 20 días hábiles tras la publicación del extracto en el BOP Huesca, y deben incluir documentación justificativa y, en su caso, constancia de otras ayudas recibidas. Tras la concesión, el beneficiario debe justificar la ejecución de la actividad y el gasto, reintegrando cualquier exceso de financiación percibido junto con los intereses de demora correspondientes.

Dificultad media La dificultad media se debe a los requisitos previos de inscripción con un año de antelación, la necesidad de acreditar situación fiscal y de seguridad social, la imposición de un porcentaje de cofina

Por confirmar

Descargar el texto de la convocatoria (PDF)

Texto en castellano de la convocatoria

Pásasela a quien le sirva

Requisitos

Cómo solicitarla

  1. Rellenar la solicitud indicando los datos de la entidad solicitante y el representante legal.
  2. Rellenar el anexo de presupuesto desglosando gastos e ingresos por actividades.
  3. Aportar la declaración de inexistencia de otros ingresos o subvenciones recibidas con la misma finalidad.
  4. Firmar la solicitud y los anexos el solicitante o representante legal, así como el beneficiario o representante legal.
  5. Presentar la documentación completa en el Ayuntamiento de Jaca.

Documentos necesarios

Preguntas frecuentes

¿Qué entidades pueden solicitar esta subvención?

Las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones, desarrollen su actividad en Jaca y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de reintegro de subvenciones.

¿Qué áreas temáticas se financian?

Artes escénicas (teatro, danza y circo), música, artes plásticas y audiovisuales, artesanía y recuperación de tradiciones populares de arraigo local, ciencias aplicadas, letras y difusión del patrimonio.

¿Qué requisitos de antigüedad en Jaca se exigen?

Las entidades deben acreditar haber desarrollado su actividad efectiva en Jaca con un año de antelación a la fecha de publicación de las bases, disponiendo de sede social y espacio físico en el municipio.

¿Qué porcentaje del coste de la actividad debe aportar la entidad?

La entidad debe sufragar con medios propios al menos el 20% del coste de la actividad subvencionada, ya que la subvención no puede superar el 80% del coste total.

¿Es compatible esta subvención con otras?

Sí, es compatible con cualquier otra subvención concedida por otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que el importe de la subvención más los ingresos generados por la actividad no supere el 80% del coste de la actividad.

ConvocaAYUNTAMIENTO DE JACA
ÁmbitoLocal
TerritorioJaca · Huesca · Aragón
Publicada25 sep 2026
PlazoDesde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Huesca. / 20 días hábiles
Comprobada3 oct 2026
Presupuesto13 mil €
BeneficiariosPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
SectorArtes escénicas
FinalidadCultura | Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Publicada enjaca.sedelectronica.es
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.

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