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SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CON DESTINO A GASTOS ORDINARIOS Y PARA FESTEJOS POPULARES REALIZADOS EN 2026
Esta convocatoria concede subvenciones a asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o asociaciones de vecinos para financiar gastos ordinarios de funcionamiento y organización de festejos populares en 2026. El objetivo es apoyar actividades de interés general abiertas a la participación vecinal y eventos festivos locales, con un importe máximo de 1.000 euros por línea para fiestas populares. Solo se puede solicitar una línea de subvención por entidad.
Los beneficiarios deben ser asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el término municipal de Illas, estén inscritas en el registro correspondiente y al corriente en obligaciones tributarias y de seguridad social. Las personas físicas también pueden optar si no desarrollan actividad económica, siempre que cumplan los requisitos de inscripción o condición de colectivo sin ánimo de lucro.
El presupuesto total disponible es de 9.600 euros, distribuido en tres líneas con importes máximos de 200, 1.000 y 2.000 euros. El pago se realiza tras la justificación de gastos, que debe incluir facturas, nóminas, contratos y memoria de la actividad, con plazos de justificación posteriores a la ejecución de las actividades en 2026.
La solicitud debe presentarse en un mes desde la publicación en el BOPA, aportando estatutos, ficha de acreedor, memoria detallada, declaración de otras subvenciones, seguro de responsabilidad civil y declaración responsable de obligaciones. Los criterios de adjudicación priorizan el interés social, antigüedad de la fiesta o número de participantes, dependiendo de la línea.
Dificultad media Requiere memoria técnica detallada, seguro obligatorio, múltiples documentos justificativos y cumplimiento estricto de plazos y obligaciones tributarias.
Descargar el texto de la convocatoria (DOCX)
Anexos convocatoria 2026
Requisitos
- Ser asociación inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y desarrollar su actividad en el Concejo, o ser asociación de vecinos que promocione y ejecute fiestas populares.
- Solicitar la subvención exclusivamente con cargo a una sola de las tres líneas de gasto (gastos ordinarios, fiestas populares o competiciones deportivas).
- Los gastos directos subvencionables deben realizarse entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026.
- Los gastos de adquisición de equipos y materiales a una misma empresa deben ser iguales o superiores a 15.000,00 euros para presentar al menos tres ofertas.
- El personal afecto al programa debe justificarse mediante contrato de trabajo que recoja el proyecto subvencionado.
- Las obras o servicios contratados deben justificarse con nóminas correspondientes y justificación de la cotización a la Seguridad Social.
- Los gastos indirectos deben estar directamente relacionados con la actividad subvencionada y ser indispensables para su preparación o ejecución.
- Acreditar la condición de representante del presidente de la asociación ante el Ayuntamiento de Illas.
- Adjuntar certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y para con la seguridad social, o autorizar al ayuntamiento para su comprobación telemática.
- Aportar copia de facturas y justificante de pago, memoria de las actividades realizadas en 2024 o informe final del proyecto ejecutado, y seguro de responsabilidad civil comprensivo de la actividad.
Documentos necesarios
- Certificación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y para con la seguridad social (o autorización para comprobación telemática).
- Copia de las facturas y justificante de pago.
- Memoria de las actividades realizadas en 2024 o, en su caso, un informe final del proyecto ejecutado.
- Seguro de responsabilidad civil comprensivo de la actividad para la que se solicita la subvención.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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