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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES DIRIGIDAS A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ANIMO DE LUCRO PERTENECIENTES AL TERCER SECTOR SOCIAL CON DESTINO A FINANCIAR ACCIONES Y PROGRAMAS EN EL ÁMBITO DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL 2026
La financiación de actividades en el ámbito de la intervención social del año 2026 desarrolladas por entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, destinándose a sufragar gastos de funcionamiento de quienes las realicen, así como los gastos derivados de los programas de actividades que desarrollen los mismos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2026 y el 31 de diciembre del 2026, ambos incluidos.
Se trata de una convocatoria de subvenciones municipales del Ayuntamiento de Sopela para el año 2026, destinada a financiar acciones y programas en el ámbito de la intervención social. Los fondos están orientados a apoyar actividades que promuevan la autonomía personal, la inclusión social, la integración comunitaria y el voluntariado, cubriendo gastos de funcionamiento y de programas específicos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. El presupuesto total disponible para esta línea de ayudas es de 20.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 03 231 48105, y no existe ninguna cofinanciación externa.
Podrán presentar la solicitud las personas jurídicas sin ánimo de lucro pertenecientes al tercer sector social, siempre que desarrollen su actividad en el ámbito de la intervención social y estén ubicadas o dirijan sus acciones al municipio de Sopela. Es requisito indispensable que las entidades no desarrollen actividad económica, es decir, que no tengan como fin principal la obtención de beneficios, y deben cumplir con la normativa vigente sobre entidades locales y subvenciones.
El procedimiento de concesión se regirá por el régimen de concurrencia competitiva, lo que implica que las ayudas se adjudicarán a las solicitudes que obtengan mayor puntuación según los criterios de valoración fijados en la convocatoria, hasta agotar el importe máximo disponible. Las entidades deberán justificar el gasto realizado y presentar la documentación requerida para la tramitación de la subvención, siguiendo los plazos establecidos en la convocatoria oficial.
Los gastos que no son subvencionables incluyen la adquisición de equipos e inversiones, la formación del personal de la entidad, la compra de material no fungible, obsequios, loterías y el pago de impuestos indirectos recuperables.
Dificultad media El régimen de concurrencia competitiva requiere una memoria técnica detallada y la preparación de documentación justificativa compleja para competir por el importe limitado de 20.000 euros.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro perteneciente al tercer sector social.
- Cumplir todas las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Sopela (BOB, nº 235 de 9 de diciembre de 2025) y en la Ley 38/2003 General de Subvenciones, artículos 5, 11 y 23.2.
Cómo solicitarla
- La solicitud se tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas.
- Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la plataforma esPublico Gestiona.
Documentos necesarios
- Certificado de inscripción en el Registro de Entidades del Tercer Sector Social.
- Certificado de NIF de la entidad.
- Denominación del proyecto.
- Presupuesto inicial del proyecto.
- Subvención recibida anteriormente (si la hubiera).
- Presupuesto ejecutado (balance de ingresos y gastos).
- Desglose de gastos por concepto, proveedor e importe.
- Firma del solicitante y sello de la entidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El importe máximo disponible es de 20.000,00 €.
¿Cómo se adjudican las subvenciones?
Se adjudican mediante un procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, priorizando las solicitudes que obtengan mayor valoración según los criterios fijados en la convocatoria, hasta agotar el límite de gasto autorizado.
¿Cuándo se aprobó la convocatoria?
La convocatoria fue aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 18 de septiembre de 2026.
¿Cómo se presenta la solicitud?
La solicitud se presenta electrónicamente a través de la plataforma esPublico Gestiona.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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