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Bases que regirán la concesión de ayudas económicas para la “Organización de fiestas populares en los barrios de San Sebastián” y convocatoria año 2027.
2027an Donostiako auzoetako jai herrikoiak antolatu, ospatu eta hedatzeko diru laguntzak arautzea da oinarri hauen xedea. Norgehiagoka araubidea baliatuko da horretarako.
La convocatoria regula la concesión de subvenciones para la organización, celebración y difusión de fiestas populares en los barrios de Donostia/San Sebastián durante el año 2027, con un importe máximo estimado de 147.097,71 euros. El objetivo es apoyar a las entidades locales en la gestión de estos festejos dentro del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026. Para optar a la ayuda, las entidades solicitantes deben ser asociaciones o sociedades gastronómicas, culturales, deportivas y/o recreativas sin ánimo de lucro, con sede y ámbito de actuación en el municipio de Donostia/San Sebastián.
Es obligatorio estar inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco y en el Registro de Entidades Ciudadanas de Donostia/San Sebastián. Asimismo, es requisito indispensable estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con Hacienda Foral, la Recaudación Municipal y la Seguridad Social, así como estar al día con las deudas contraídas con el Ayuntamiento o la Entidad Pública Empresarial Donostia Kultura. Las entidades que hayan sido sancionadas por discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa de igualdad también quedan excluidas.
El gasto se imputará al presupuesto de 2027 de la Unidad de Fiestas de Donostia Kultura, y la concesión queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en dicho ejercicio. Las bases deben ser publicadas en la BDNS, el BOG y en la página web de Donostia Kultura, y serán aprobadas por la Concejala Delegada de Gobernanza Abierta y Cultura. La normativa aplicable incluye el Reglamento (UE) 2023/2831 relativo a las ayudas de minimis, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como normativas específicas sobre igualdad de género y uso del euskera.
Dificultad media Requiere cumplimiento de requisitos administrativos específicos, inscripción en registros y cumplimiento de obligaciones tributarias y de igualdad.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser una entidad pública empresarial (EPE) o entidad pública empresarial de cultura (EPCE) o entidad pública empresarial de cultura y deporte (EPCE-D).
- Ser una entidad sin ánimo de lucro, sin personalidad jurídica propia, que actúe en nombre de una entidad pública empresarial o de cultura.
Plazos
- Publicación de las bases18 de septiembre de 2026 (día siguiente a la publicación de las bases el 17 de septiembre de 2026)
- Plazo de recurso de reposición1 mes tras la publicación de las bases
- Plazo de recurso contencioso-administrativo2 meses tras la publicación de las bases
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La cuantía estimada máxima es de 147.097,71 euros, aunque esta cantidad es estimada y puede variar si el crédito presupuestario aprobado en 2027 es superior o inferior.
¿En qué año se pueden solicitar estas ayudas?
La convocatoria es específica para el año 2027, aunque las bases se publican en septiembre de 2026.
¿Qué tipo de entidades pueden solicitar la subvención?
Solo pueden solicitarla las Entidades Públicas Empresariales (EPE), Entidades Públicas Empresariales de Cultura (EPCE) o Entidades Públicas Empresariales de Cultura y Deporte (EPCE-D), o entidades sin ánimo de lucro que actúen en nombre de estas.
¿Cómo se resuelven las dudas sobre la interpretación de las bases?
Las dudas sobre la interpretación serán resueltas por los órganos competentes para su aprobación.
¿Qué plazos de recurso existen?
Existe un plazo de un mes para interponer recurso de reposición ante el órgano competente que aprobó la convocatoria, y un plazo de dos meses para impugnar directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, ambos contados desde el día siguiente a la publicación de las bases.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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