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Resolución 2026-0000111, de fecha 21 de agosto, de aprobación convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ejercicio 2026, en materia de Cultura, Patrimonio, Igualdad y Diversidad
Fomentar la realización de actividades de utilidad pública, interés social o para promover la consecución de finalidades públicas atribuidas a la competencia local, según recoge el punto 2.9 del Plan estratégico de subvenciones municipal.
La convocatoria aprueba subvenciones para fomentar actividades culturales, patrimoniales, de igualdad y diversidad en Passanant i Belltall durante el ejercicio 2026, financiando exclusivamente gastos de funcionamiento y no permitiendo gastos de inversión, comidas o impuestos. Podrán solicitarla entidades y asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en el registro municipal, siempre que no tengan prohibiciones legales y su objeto social coincida con la convocatoria, acreditando sus estatutos.
Las solicitudes deben presentarse en el plazo de 20 días naturales tras la publicación en el BOPT, adjuntando DNI, NIF, estatutos y poderes de representación. La evaluación se basa en criterios como el impacto social (número de socios, asistencia prevista, actividades abiertas al público e intercambios culturales) y el interés general del proyecto, con una puntuación máxima de 100 puntos. Tras la evaluación, los interesados tienen 30 días para comunicar su aceptación de la subvención propuesta y, posteriormente, deben justificar el gasto realizado.
El plazo de resolución es superior a tres meses, pudiendo interponerse recurso de reposición o contencioso-administrativo tras la resolución definitiva.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de inscripción y documentación, además de la complejidad en la justificación de gastos y la evaluación basada en múltiple
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Annex 1
Requisitos
- Ser entidad sin ánimo de lucro o persona física con personalidad jurídica propia.
- No estar en situación de insolvencia o concurso de acreedores.
- No haber sido sancionado en los últimos tres años por infracciones en materia de subvenciones.
- No haber sido objeto de resolución de denegación de subvención en los últimos tres años por las mismas causas.
- No haber sido objeto de resolución de denegación de subvención en los últimos tres años por incumplimiento de obligaciones.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud a través de la plataforma de presentación de solicitudes del Ayuntamiento de Passanant i Belltall.
- Adjuntar la documentación requerida en el formato establecido.
- Firmar la solicitud con firma electrónica avanzada o cualificada.
Documentos necesarios
- Solicitud de subvención.
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad.
- Documentación acreditativa de la situación de insolvencia o concurso de acreedores (si aplica).
- Documentación acreditativa de las sanciones o denegaciones de subvención (si aplica).
- Presupuesto de la actividad.
- Cronograma de la actividad.
- Declaración de inexistencia de otros ingresos.
- Declaración de inexistencia de otras subvenciones.
- Firma de la persona beneficiaria o representante legal de la entidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo total de la convocatoria?
El importe total máximo habilitado es de 3.000 euros.
¿Cuál es el porcentaje máximo de subvención que se puede obtener?
El importe individualizado y porcentaje de las subvenciones no excederá, en ningún caso, el 50% del coste total de los proyectos o actividades subvencionadas.
¿Qué gastos quedan excluidos de la subvención?
Quedan excluidos las comidas, traslados de órganos directivos, gastos de inversión (excepto aquellos necesarios para el desarrollo de la actividad), gastos financieros, recargos y sanciones, gastos de procedimientos judiciales y notariales, e impuestos indirectos como el IVA cuando son susceptibles de recuperación o compensación.
¿En qué ejercicio se abonarán las ayudas concedidas?
Las ayudas concedidas se abonarán en el ejercicio 2026, en el que se adquirirá el compromiso de gasto.
¿Qué tipo de actividades pueden ser subvencionadas?
Se pueden subvencionar actividades de utilidad pública, interés social o para promover la consecución de finalidades públicas atribuidas a la competencia local, en materia de Cultura, Patrimonio, Igualdad y Diversidad.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFAnnex 2
- PDFDocumento de la convocatoria en lengua cooficial
- PDFAnnex 3
- PDFDocumento de la convocatoria en español
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