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DECRETO DE ALCALDÍA 367/2026, DE 30 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL AYUNTAMIENTO DE CARRAL PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA CULTURA, EL DEPORTE Y ACTIVIDADES MEDIOAMBIENTALES 2026
El Ayuntamiento de Carral concede subvenciones en 2026 para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades culturales, medioambientales o deportivas, así como para la organización de fiestas patronales. El objetivo es fomentar el patrimonio local, la conciencia ambiental y la promoción del deporte, especialmente en edad escolar y ámbito femenino. Los fondos se imputan a partidas presupuestarias específicas con límites máximos por categoría: 20.000 euros para cultura y fiestas, 2.400 para medioambiente y 18.000 para deporte, distribuyéndose proporcionalmente según la puntuación obtenida en la evaluación competitiva.
Para optar a la ayuda, las entidades deben estar legalmente constituidas, tener domicilio social en Carral, estar inscritas en los registros municipales y autonómicos correspondientes (REMAC o federativo en deporte) y contar con un mínimo de 20 socios, salvo excepciones para fiestas patronales. Es obligatorio estar al corriente de obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y la administración local, además de cumplir con la normativa de protección de menores si la actividad lo requiere.
La solicitud debe presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Carral en un plazo de un mes desde la publicación del extracto en el BOP, utilizando modelos normalizados. La documentación requerida incluye el CIF, la solicitud, declaraciones de otras subvenciones, certificaciones de representación y número de socios, documentación federativa específica para entidades deportivas, memoria explicativa de actividades del año anterior y certificado bancario.
El importe de la subvención se calcula mediante un sistema de reparto proporcional basado en la puntuación total obtenida en los criterios de valoración, y la concesión se adopta por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en un plazo de tres meses tras el cierre del plazo de solicitudes, sin posibilidad de cofinanciación externa que supere el coste de la actividad.
Dificultad media Requiere inscripción en registros específicos, cumplimiento de requisitos de socios y obligaciones tributarias, además de una memoria técnica y documentación justificativa detallada para la concesión
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Estar legalmente constituidas.
- Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Carral (REMAC), en el caso de que la forma jurídica de la entidad pueda inscribirse.
- Que la publicidad y comunicación realizada en relación con las actividades subvencionadas se hayan hecho en lengua gallega.
- Que la entidad no haya realizado publicidad de las actividades o inversiones indicando que fueron subvencionadas por el Ayuntamiento de Carral.
Documentos necesarios
- Copias de carteles.
- Publicaciones en redes sociales.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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