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Subvenciones a las Asociaciones Vecinales sin ánimo de lucro 2026
Establecer las normas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las asociaciones vecinales constituidas como tales, y con ámbito de actuación en el Ayuntamiento de Santiago para el desarrollo de actividades y programas de interés general durante el ejercicio 2026.
Esta convocatoria otorga subvenciones a asociaciones vecinales sin ánimo de lucro inscritas en el Ayuntamiento de Santiago de Compostela para desarrollar programas y actividades de interés general durante el ejercicio 2026. El objetivo es fomentar la participación vecinal, dinamizar los barrios y apoyar la vida asociativa. Los fondos pueden destinarse a gastos de funcionamiento, formación, ocio, participación ciudadana y actividades socioculturales, siempre que cumplan con la normativa vigente y no hayan sido financiados previamente por otras concejalías o convocatorias municipales.
Los requisitos clave exigen estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones con anterioridad a la publicación de las bases, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no estar sujetas a prohibiciones legales para obtener subvenciones. Además, las entidades propietarias de inmuebles socioculturales deben aportar certificaciones específicas sobre la propiedad del local. La representación legal debe ser constante y cumplir con las obligaciones de comunicación y firma de la solicitud.
El presupuesto total disponible es de 90.000,00 euros, con un límite máximo de 3.000 euros por solicitud, que se eleva a 5.100 euros para entidades propietarias de equipamientos socioculturales. La subvención no puede superar el 80% del presupuesto de gastos detallado en la solicitud. Los gastos subvencionables deben estar debidamente justificados mediante facturas o documentos equivalentes, excluyendo bienes inventariables, nóminas, bebidas alcohólicas y pagos en efectivo superiores a 600 euros.
La solicitud debe presentarse en un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña. Es obligatorio justificar la subvención en dos fases y plazos establecidos, reintegrando los importes anticipados no justificados.
Dificultad media Requiere cumplir requisitos administrativos estrictos, justificación de gastos en dos fases, límites de cofinanciación y uso obligatorio del idioma gallego en la difusión.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser una asociación vecinal del municipio de Santiago de Compostela.
- Figurar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santiago con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
- Tener actualizados los datos en el Registro Municipal de Asociaciones conforme a lo que dispone el artículo 17 del Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Santiago de Compostela.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con las administraciones citadas (AEAT, ATRIGA, TGSS, Ayuntamiento de Santiago de Compostela).
- Las entidades que opten a un importe superior a 3.000 euros por ser propietarias del inmueble sede de la asociación deberán aportar las certificaciones correspondientes de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales.
- No estar incursas las entidades o personas que ostentan la representación legal de las mismas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Acompañar a la solicitud la documentación preceptiva detallada en la base 6 de esta convocatoria.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFTexto en otra lengua de la convocatoria
- PDFBases reguladoras subvenciones RRVV 2026 Castellano
- PDFAcuerdo de aprobación de la convocatoria
- PDFBases Convocatoria de Subvención RRVV - 2026
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