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Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, culturales y de jóvenes, para la realización de actividades de interés público o social, para el ejercicio 2026
El objetivo es fomentar el desarrollo de estas entidades locales mediante ayudas directas para la realización de proyectos específicos.
Pueden optar a la subvención las asociaciones culturales y de jóvenes inscritas en el Registro Municipal de Lloret de Mar, que tengan su sede o delegación en el municipio. Es requisito indispensable estar al corriente de las obligaciones tributarias y deudas con el Ayuntamiento, así como no haber recibido otras subvenciones nominativas del mismo en el presupuesto vigente. Las entidades que incumplan estas condiciones o estén en prohibición de obtener la condición de beneficiario no podrán participar.
El importe de la ayuda es una subvención directa sin menciones a cofinanciación en el texto, por lo que el importe concedido coincide con la parte del presupuesto asignado a la entidad. Para solicitarla, es obligatorio presentar una instancia electrónica normalizada a través de la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento, incluyendo toda la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la cláusula 5 de las bases. La presentación se realiza en una única convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Una vez otorgada la subvención, el beneficiario está obligado a justificar su ejecución y gasto de los fondos antes del 28 de febrero de 2027. Asimismo, se establece la posibilidad de interponer recurso de reposición o contencioso-administrativo en caso de resolución desfavorable, respetando los plazos legales correspondientes.
La convocatoria se publica en el BOP de Girona y se pueden consultar las bases específicas y el modelo de solicitud en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Lloret de Mar, donde también se indica la dependencia que tramita el expediente, Participación Ciudadana.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos administrativos estrictos como la inscripción municipal, estar al corriente de obligaciones tributarias y presentar documentación acr
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser entidad ciudadana sin ánimo de lucro debidamente inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar.
- Tener naturaleza de asociaciones culturales y de jóvenes.
- Tener su sede social o delegación en el municipio de Lloret de Mar.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Estar al corriente de las deudas con el Ayuntamiento.
- No estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora previstos en la Ley General de Subvenciones.
- No haber recibido ninguna otra subvención nominativa prevista en el presupuesto municipal vigente por parte del Ayuntamiento.
Plazos
- Inicio del plazo de presentación de solicitudesDía siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)
- Fin del plazo de presentación de solicitudes20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP
- Fin del plazo de justificación28 de febrero de 2027
- Plazo para interponer recurso de reposiciónUn mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución
- Plazo para interponer recurso contencioso administrativoDos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución
Cómo solicitarla
- Consultar la información en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Lloret de Mar.
- Presentar la solicitud mediante instancia electrónica normalizada.
- Aportar la documentación especificada en el punto 5 de las bases.
Documentos necesarios
- Instancia electrónica normalizada.
- Documentación especificada en el punto 5 de las bases.
Preguntas frecuentes
¿Qué importe se destina a la partida de cultura?
17.000,00€.
¿Qué importe se destina a la partida de juventud?
3.000,00€.
¿Qué requisitos deben cumplir las entidades para optar a la subvención?
Deben ser entidades ciudadanas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal, tener naturaleza de asociaciones culturales y de jóvenes, tener sede en el municipio, estar al corriente de obligaciones tributarias y deudas con el Ayuntamiento, y no haber recibido otras subvenciones nominativas del presupuesto municipal vigente.
¿Dónde se puede consultar el texto completo de las bases?
En la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gov.es/bdnstrans) y en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Lloret de Mar.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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