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CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL RETORNO DEL TALENTO JOVEN CON APOYO AL EMPRENDIMIENTO PARA EL AÑO 2026
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para incentivar el retorno al municipio de Santa Eulària des Riu de jóvenes profesionales cualificados que hayan residido fuera del municipio y deseen volver, fomentando su contratación laboral o el inicio de su actividad emprendedora.
Esta convocatoria del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para 2026 financia subvenciones para el retorno del talento joven con apoyo al emprendimiento, incentivando la contratación laboral o el inicio de actividad empresarial en el municipio o en la isla de Ibiza. El importe total disponible es de 50.000 euros, con cuantías máximas que oscilan entre 1.000 y 5.000 euros por solicitante, dependiendo de la línea de ayuda elegida, sin que se especifique cofinanciación adicional.
Los beneficiarios deben ser personas jurídicas sin actividad económica, aunque los requisitos específicos varían según la línea: para las líneas de empleo (1 y 2) se exige estar dado de alta y cotizando por cuenta ajena con un contrato de al menos 8 meses entre septiembre de 2026 y octubre de 2027; para las líneas de emprendimiento (3 y 4) se requiere estar dado de alta como autónomo o en mutualidad profesional, mantener la actividad durante dos años y asistir a dos tutorías en 2027. Además, es obligatorio estar empadronado en el municipio de Santa Eulària des Riu durante los últimos cinco años ininterrumpidos o ocho de los últimos diez, y tener una titulación de grado universitario.
La solicitud debe presentarse en un plazo de 20 días hábiles tras su publicación en el BOIB, siendo el órgano instructor la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento. Tras la presentación, se formularán alegaciones en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución provisional en el tablón de anuncios y web municipal. La resolución definitiva se aprobará por la Junta de Gobierno Local en un plazo máximo de 6 meses, publicándose en el BOIB, y el pago de la ayuda solo se realizará tras la notificación de dicha resolución definitiva.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de empadronamiento, titulación, situación laboral o empresarial, y asistencia a tutorías, además de los plazos administra
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser joven profesional cualificado.
- Haber residido fuera del municipio de Santa Eulària des Riu.
- Deseo de volver al municipio de Santa Eulària des Riu.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (consultable en la AEAT).
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social (consultable en la TGSS).
Plazos
- Aprobación de la convocatoria27 de agosto de 2026
- Plazo para formular alegaciones10 días hábiles desde la publicación en el tablón de anuncios
- Resolución definitivaEn el plazo máximo de 6 meses, una vez acabado el plazo de presentación de solicitudes
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud tras la publicación de la convocatoria.
- Esperar a que la Junta de Gobierno Local formule la propuesta de resolución provisional.
- Ejercer el derecho a formular alegaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la propuesta provisional en el tablón de anuncios.
- Esperar a que la Junta de Gobierno Local apruebe la resolución definitiva a propuesta de la Comisión Evaluadora.
Preguntas frecuentes
¿Quién convoca esta subvención?
El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
¿Qué líneas de ayuda contempla la convocatoria?
Cuatro líneas: trabajo por cuenta ajena en empresas del municipio, trabajo por cuenta ajena en empresas de la Isla de Ibiza, inicio de proyecto empresarial en el municipio y inicio de proyecto empresarial en la Isla de Ibiza.
¿Cómo se notifica la resolución provisional?
Se notifica mediante publicación en el tablón de anuncios de la corporación y, en su caso, en la página web municipal.
¿Se pueden consultar los datos de la persona solicitante?
Sí, el Ayuntamiento podrá recabar información tributaria y de Seguridad Social necesaria para comprobar los requisitos, salvo que la persona solicitante se oponga expresamente.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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