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AYUDAS A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA EN EL AÑO 2026
La convocatoria aprueba las bases para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la cultura en el año 2026, con un importe máximo de 20.000,00 euros que se financiarán íntegramente con cargo a la partida presupuestaria 334.48000, sin que se especifique ninguna cofinanciación adicional.
El beneficiario principal son las personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, es decir, entidades sin ánimo de lucro, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en la normativa local y autonómica gallega vigente para el ejercicio 2026. Es fundamental que las entidades verifiquen su situación jurídica y fiscal antes de presentar cualquier solicitud, ya que la competencia para resolver recae en la Alcaldía del Concello de Malpica de Bergantiños.
El plazo de presentación de solicitudes transcurrirá 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, que se publicará en el tablero de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Una vez aprobadas las bases, las entidades interesadas deberán presentar su solicitud junto con la documentación requerida en los anexos I, II y III de las bases, los cuales no se incluyen en este documento. Tras la presentación, el expediente será instruido y resuelto por la Alcaldía, quien deberá dar cuenta del acuerdo al Pleno en la siguiente sesión que se celebre, obligando a las entidades a justificar el gasto conforme a la normativa de subvenciones aplicable.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de verificar requisitos legales complejos, gestionar un importe máximo de 20.000 euros sin cofinanciación y cumplir con plazos administrativos estrictos tr
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Plazos
- Fecha de la propuesta de la Concejalía de Educación, Cultura, Patrimonio, Deportes y Turismo27 de agosto de 2026
- Fecha del informe de fiscalización de la Intervención Municipal30 de agosto de 2026
- Fecha de firma del acuerdo de aprobación de las bases01 de septiembre de 2026 09:33:00
- Publicación de las bases y el extracto de la convocatoriaEn el tablero de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)
- Sesión del Pleno para dar cuenta del acuerdoEn la siguiente sesión que se celebre
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El gasto alcanzará un importe máximo de 20.000,00 €.
¿Quién es el instructor del expediente?
El instructor del expediente es el Animador Sociocultural del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.
¿Dónde se publican las bases de la convocatoria?
Las bases y el extracto de la convocatoria se publicarán en el tablero de anuncios del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
¿Qué normativa regula esta subvención?
La convocatoria se regula según la Ley 7/1985, la Ley 5/1997, la Ley 38/2003, la Ley 9/2007, el Real Decreto 887/2006, la Ley 39/2015, el Real Decreto 1619/2012 y las Bases de ejecución del presupuesto del año 2026 del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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