← Volver a la búsqueda › Cataluña
APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS AL FOMENTO DEL COMERCIO LOCAL 2026 - LÍNEA 2: FORTALECIMIENTO DEL ECOSISTEMA DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN SANT CUGAT DEL VALLÈS
La regulació de les condicions específiques del procediment per a la concessió de subvencions, en règim de concurrència competitiva, per a aquelles entitats que duguin a terme actuacions d’interès públic i social dins del terme municipal de Sant…
Se trata de una convocatoria de subvenciones para el año 2026 destinada al fortalecimiento del ecosistema de la economía social y solidaria en el municipio de Sant Cugat del Vallès. El objetivo es apoyar proyectos que promuevan la creación, consolidación e intercooperación de iniciativas de este sector, fomentando la economía circular, la innovación social y el arraigo territorial, con un enfoque en la sostenibilidad y la ocupación digna. La convocatoria se enmarca en el Plan Estratégic de Subvencions 2024-2027 y se regirá por las bases generales de promoción económica aprobadas en abril de 2025.
Podrán presentar la solicitud personas físicas, jurídicas o entidades que desarrollen actividad económica en el municipio, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las bases generales y específicas. Es fundamental que los proyectos respondan a necesidades sociales, complementen la competencia municipal o estén alineados con los objetivos de la Agenda 2030. Los solicitantes deben demostrar que su iniciativa tiene interés público y social dentro del término municipal.
El presupuesto total disponible para esta línea de subvención es de 24.000 euros, con una dotación de 12.000 euros para familias e iniciativas sin ánimo de lucro y otros 12.000 euros para empresas privadas. Cada subvención individual tendrá un importe máximo de 6.000 euros, aunque el importe final podrá ser inferior dependiendo de la valoración de las solicitudes y la disponibilidad presupuestaria.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPB o en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Los solicitantes deberán presentar la documentación requerida en los formularios específicos adjuntos a la convocatoria, incluyendo la solicitud formal y los documentos de justificación de los gastos.
Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de cumplir con requisitos específicos de la economía social, la limitación del importe máximo por subvención y la obligación de justificar los gastos conform
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Ser persona física, jurídica o entidad.
- Desarrollar un proyecto o actuación en el municipio de Sant Cugat del Vallès.
- Que el proyecto o actuación se ajuste a la descripción de la línea de subvención establecida en la convocatoria.
Plazos
- Publicación de la convocatoria30 de abril de 2025
- Plazo de justificación de las subvencionesHasta el día 31 de enero de 2027 (máximo 3 meses después de la realización de la última actividad)
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud conforme al procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
- Aportar la documentación requerida según la convocatoria.
- Esperar la resolución de otorgamiento, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de edictos electrónico y en la web municipal.
Documentos necesarios
- Proyecto o actuación que cumpla con los requisitos de la línea de subvención.
- Documentación justificativa de los gastos (según el apartado de justificación).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La dotación económica máxima es de 24.000 euros.
¿Qué gastos son subvencionables?
Son subvencionables los gastos de personal, materiales, servicios, alquileres, seguros, transporte, desplazamientos, comunicación, formación, promoción, etc., siempre que no sean gastos de inversión en bienes inventariables, gastos bancarios, notariales, donaciones sin contraprestación, gastos previos o posteriores al proyecto, ni gastos de alimentación de encuentros internos. También se excluyen los intereses deudores, recargos, sanciones, gastos judiciales e impuestos indirectos no recuperables.
¿Cómo se publica la resolución de otorgamiento?
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de edictos electrónico y en la web municipal, y se enviará al Registro de subvenciones y ayudas de Cataluña (RAISC).
¿Hasta cuándo se puede justificar la subvención?
El plazo máximo para presentar la justificación es de hasta 3 meses después de la realización de la última actividad, y como máximo hasta el día 31 de enero del año siguiente a la convocatoria (31 de enero de 2027).
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
Que te avisen a ti
Cada lunes, las convocatorias de cultura que se han abierto esa semana. Sin cuenta: solo tu correo.
Un correo a la semana, con lo de tu zona si dejas el código postal. Baja con un clic.¿Quieres además el cruce con tu proyecto? Crea una cuenta gratis.