AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE PELÍCULAS ESPAÑOLAS EN FESTIVALES CELEBRADOS ENTRE NOVIEMBRE DE 2023 Y OCTUBRE DE 2024
Esta convocatoria de ayudas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) financia los gastos de participación y promoción de películas españolas en festivales internacionales de reconocido prestigio celebrados entre noviembre de 2023 y octubre de 2024. El objetivo es contribuir a la difusión de los valores culturales y artísticos del cine español, subvencionando los costes asociados a la asistencia en el certamen según un plan de dotación previamente establecido.
Podrán solicitar estas ayudas las productoras, grandes empresas, PYMEs y personas físicas que desarrollen actividad económica en el sector audiovisual, siempre que la película tenga nacionalidad española o esté tramitando su reconocimiento. Es requisito indispensable contar con una invitación previa o haber sido seleccionados por el promotor del festival o entidad convocante del premio. Además, las películas deben cumplir con la normativa vigente sobre coproducciones y no podrán recibir más de una ayuda por la misma película en el mismo certamen.
El presupuesto total de la convocatoria asciende a 600.000 euros, distribuidos en dos periodos: 400.000 euros para festivales que finalizaron entre noviembre de 2023 y junio de 2024, y 200.000 euros para los que se celebran entre julio y octubre de 2024. La cuantía individual de cada ayuda se calcula sobre los gastos efectivamente realizados, con un límite máximo por certamen que varía según la lista de festivales, y se aplican reducciones en casos de coproducciones internacionales o participación de prestadores de servicios audiovisuales. La efectividad de la cuantía adicional de 500.000 euros está condicionada a la disponibilidad presupuestaria.
La solicitud debe presentarse mediante el procedimiento de convocatoria abierta, adjuntando la documentación requerida para acreditar la nacionalidad de la película, la selección en el festival y el cumplimiento de las obligaciones de inversión en publicidad.
Dificultad media Requiere cumplir requisitos específicos de nacionalidad y selección previa, gestionar coproducciones con descuentos y justificar gastos con obligaciones de inversión en publicidad, además de respetar
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser empresa cinematográfica o audiovisual inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones de reembolso de subvenciones.
- No haber sido objeto de sanción con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- No hallarse incurso en los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Indicar el organismo e importe solicitado y/o concedido de las ayudas para la misma actividad recibidas anteriormente.
- Indicar las ayudas sujetas al régimen «de mínimis» recibidas de las Administraciones Públicas españolas o comunitarias en los últimos 3 ejercicios fiscales (2022, 2023, 2024).
Plazos
- Festivales hasta el 30 de junio de 2024Periodo de solicitud para festivales celebrados hasta el 30 de junio de 2024
- Festivales entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2024Periodo de solicitud para festivales celebrados entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2024
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud conforme a las normas establecidas en la resolución.
- Adjuntar la documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, o bien la documentación acreditativa de la modificación de los datos si ha cambiado.
- Declarar estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y comprometerse a mantenerlo durante el procedimiento de concesión.
- Declarar estar al corriente de las obligaciones de reembolso de subvenciones y comprometerse a mantenerlo durante el procedimiento de concesión.
- Declarar no haber sido objeto de sanción con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Declarar no hallarse incurso en los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Indicar el organismo e importe solicitado y/o concedido de las ayudas para la misma actividad.
- Indicar las ayudas sujetas al régimen «de mínimis» recibidas en los últimos 3 ejercicios fiscales (2022, 2023, 2024).
- Firmar la solicitud con firma electrónica visible del representante legal de la productora.
Documentos necesarios
- Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, o documentación acreditativa de la modificación de los datos si ha cambiado.
Preguntas frecuentes
¿Qué periodo temporal cubre esta convocatoria?
La convocatoria incluye los festivales que tendrán lugar entre los meses de noviembre de 2023 y octubre de 2024.
¿En qué periodos se pueden solicitar las ayudas?
Se convocan las ayudas en dos periodos: uno para los festivales celebrados hasta el 30 de junio de 2024 y un segundo para los festivales que se celebren entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2024.
¿Qué festivales pueden ser financiados?
Solo los festivales internacionales de reconocido prestigio que hayan sido seleccionados previamente por el Comité asesor de ayudas a la promoción.
¿Qué requisitos debe cumplir la productora para solicitar la ayuda?
Debe estar inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, estar al corriente de las obligaciones de reembolso de subvenciones, no haber sido sancionada con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y no hallarse incurso en los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué información sobre ayudas anteriores debo aportar?
Debe indicar el organismo e importe solicitado y/o concedido de las ayudas para la misma actividad, así como las ayudas sujetas al régimen «de mínimis» recibidas en los últimos 3 ejercicios fiscales (2022, 2023, 2024).
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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