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Convocatoria subvenciones SOIB Formación en alternancia en el sector público instrumental, las entidades locales y el tercer sector de acción social 2025-2026
Esta convocatoria de 2025-2026 financia proyectos mixtos de ocupación y formación en alternancia para la cualificación profesional de personas en situación de desempleo, priorizando a mayores de 52 años, 30-52 años y menores de 30 años inscritos en la Garantía Juvenil. Los proyectos deben incluir acciones formativas (grados A, B o C, certificados profesionales o especialidades formativas en el trabajo) y prácticas laborales retribuidas, desarrollándose en el sector público instrumental, entidades locales o tercer sector de acción social.
La convocatoria responde a objetivos estratégicos de la Estrategia Española de Suport Actiu a l'Ocupació y el Pla d'Ocupació de Qualitat de les Illes Balears, alineándose con la normativa de formación profesional y el Sistema Nacional de Garantia Juvenil. El programa puede estar cofinanciado con el Fondo Social Europeu Plus (FSE+). Solo pueden participar personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, como entidades locales o entidades sin ánimo de lucro del tercer sector, debiendo presentar proyectos que cumplan con la normativa laboral vigente sobre contratos de formación en alternancia y los requisitos de la formación profesional acreditable.
Dificultad media Requiere cumplir normativa compleja de formación profesional y laboral, priorizar colectivos específicos y estructurar un proyecto mixto con formación y prácticas, aunque no se especifican plazos ni i
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Requisitos
- Presentar proyectos mixtos de ocupación y formación.
- Los proyectos deben tener por objeto la cualificación profesional de las personas participantes en un régimen de alternancia con la actividad laboral.
- Los proyectos deben realizarse en el marco de los sistemas de formación profesional y de formación en el trabajo.
- Los proyectos deben estar dirigidos a personas jóvenes entre 16 y 29 años o a personas de 30 años o más (priorizando a las mayores de 52 años y luego a las entre 30 y 52 años).
- La subvención es incompatible con cualquier otra ayuda o subvención de cualquier administración pública u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la formación en alternancia según esta convocatoria?
Es un régimen que compatibiliza la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Ocupación.
¿Qué colectivos prioriza la convocatoria?
Se priorizan, en el orden detallado, las personas participantes mayores de 52 años, seguidas de las personas entre 30 y 52 años.
¿Qué normativa regula las infracciones y sanciones?
Se estará a lo dispuesto en el título IV de la Ley 38/2003, el título V del Decreto Legislativo 2/2005 y el artículo 33 de la Orden 16/2023.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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