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Línea de ayudas en forma de garantía para la financiación de la empresas de la economía social
Esta convocatoria abre una línea de ayudas en forma de garantía para financiar préstamos destinados a empresas de la economía social y cooperativas en Cataluña durante los años 2024-2027. El objetivo es facilitar la financiación para inversiones o circulante, cubriendo el riesgo que asume el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) al conceder el préstamo, lo que permite a las entidades acceder a créditos con tipos de interés más bajos y condiciones más favorables que las del mercado.
Los fondos provienen del presupuesto de la Generalitat de Catalunya y se gestionan bajo un convenio de colaboración con el ICF, sin que la entidad beneficiaria necesite devolver el importe de la ayuda, aunque sí debe asumir el riesgo de la operación y cumplir con las condiciones del préstamo formalizado. La convocatoria tiene un importe máximo global de 28.871.760,73 euros y establece límites específicos por operación, como un mínimo de 30.000 euros para inversiones y circulante, y un máximo de 1.000.000 euros para inversiones.
Los préstamos pueden tener un plazo de hasta 15 años para inversiones o 5 años para circulante, con carencias de amortización variables. El tipo de interés es variable, calculado sobre el EURIBOR a 12 meses más un diferencial de hasta el 3%, o fijo en el caso de anticipos de cobro de derechos de crédito del sector público. La amortización se realiza mensualmente con un sistema francés, y las comisiones de apertura y cancelación están limitadas al 0,25%.
Además, se permite la revisión de precios y condiciones por parte del ICF según la evolución del mercado financiero, así como la modificación de las condiciones de las operaciones formalizadas previa aprobación del Departamento. La resolución de otorgamiento concede un plazo de 60 días hábiles para formalizar el préstamo, pudiendo ampliarse hasta la mitad de ese plazo, y si no se formaliza, la resolución queda sin efectos.
Solicitud compleja Complejidad de la tramitación, necesidad de formalizar un préstamo, gestión de riesgos y coordinación entre el Departamento y el ICF, así como la obligación de justificar la inversión o el gasto confo
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Plazos
- Publicación de la resoluciónX de mes desconocido de año desconocido
- Plazo para interponer recurso contencioso administrativodos meses a contar del día siguiente a la publicación en el DOGC
- Plazo para interponer recurso potestativo de reposiciónun mes a contar del día siguiente a la publicación en el DOGC
Cómo solicitarla
- La solicitud del préstamo se debe hacer por medio del formulario disponible en la web del ICF (www.icf.cat), adjuntando la documentación descrita en la base 7.3 de la Orden EMT/35/2024.
- Una vez aprobada la solicitud de préstamo por parte del ICF, la entidad deberá presentar la solicitud de ayuda en forma de garantía ante el Departamento de Empresa y Trabajo, utilizando el formulario de solicitud normalizado disponible en el portal corporativo de tramitación Canal Empresa.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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