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ORDEN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026, DE LA CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LOS ARTESANOS/AS INDIVIDUALES Y EMPRESAS ARTESANAS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2027
Aprobar la convocatoria del año 2027 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia especial, previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005 de 18 de noviembre de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a los artesanos/as individuales y empresas artesanas que cumplan con las condiciones establecidas en la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 9/2015…
Esta convocatoria de 2026 financia inversiones para artesanos individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia con el objetivo de aumentar su comercialización. La ayuda se destina exclusivamente a cubrir los costes de inscripción en muestras y ferias profesionales, con un importe máximo de subvención de 2.000 euros (80% de la inversión). Los gastos no subvencionables incluyen IVA, gastos financieros, vehículos, alquiler de locales, publicidad en medios masivos, alojamiento, desplazamientos personales y gastos generales del taller.
Solo podrán acceder a la subvención quienes cumplan con la condición de Microempresa en la categoría de PYME y tengan su taller ubicado en la Región de Murcia, además de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El plazo de presentación de solicitudes es de sesenta días hábiles tras la publicación del extracto en el BORM, y las solicitudes deben formalizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la CARM o presencialmente en el Registro de la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales de Murcia, adjuntando la declaración responsable de subvención y cumpliendo con el Código de Conducta en materia de subvenciones.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos específicos de ubicación y tamaño empresarial, la obligación de presentar la solicitud en un plazo de 60 días hábiles y la exigencia
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
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Requisitos
- Ser artesano/a individual o empresa artesana.
- Tener la consideración de Micro empresa en la categoría de PYME.
- Estar dedicados a la elaboración de productos artesanos conforme a la Ley 1/2014 de Artesanía de la Región de Murcia.
- Que el taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- No concurrir con las circunstancias prohibidas para ser beneficiarias de subvenciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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