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Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la dinamización cultural y la promoción juvenil para el año 2026
Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la Dinamización Cultural y la Promoción Juvenil que otorga el Ayuntamiento de Santomera para el año 2026.
Esta convocatoria otorga subvenciones para financiar proyectos de dinamización cultural y promoción juvenil en el municipio de Santomera durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de agosto de 2026. Los fondos están destinados a actividades como exposiciones, conciertos, teatro, danza, recuperación de tradiciones y ocio juvenil, con un presupuesto total disponible de 15.000 euros. Podrán participar entidades sin ánimo de lucro que cumplan requisitos específicos, tales como tener fines relacionados con la cultura o juventud, estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santomera, estar al corriente en obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no tener expedientes de devolución de subvenciones anteriores pendientes.
Es obligatorio presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento en un plazo máximo de 15 días hábiles tras la publicación de la convocatoria, adjuntando documentación como el proyecto detallado, presupuesto desglosado, copia del DNI y CIF, certificados de la AEAT y Seguridad Social, y la ficha de terceros. La concesión se realiza mediante un baremo de puntuación que valora la entidad (número de socios y antigüedad en el registro) y el proyecto (originalidad, duración, calidad, impacto social, etc.), donde la puntuación de la entidad tiene un peso máximo de 10 puntos y la del proyecto de 40 puntos.
Tras la concesión provisional, existe un plazo de alegaciones y posteriormente se dicta resolución definitiva, obligando al beneficiario a justificar el gasto conforme a la normativa vigente.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir múltiples requisitos administrativos, presentar documentación específica y someterse a un baremo de puntuación complejo que evalúa tanto a la en
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro o una asociación de utilidad pública.
- Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con la dinamización cultural o la promoción juvenil.
- Disponer de los medios y capacidades suficientes para realizar los proyectos y garantizar el cumplimiento de los objetivos.
- No estar inmersa en expedientes de devolución de subvenciones concedidas anteriormente por el Ayuntamiento de Santomera.
- No encontrarse comprendida en los supuestos de prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas del artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003.
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Las entidades sin ánimo de lucro deben estar inscritas y tener sus datos actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santomera en el momento de presentar la solicitud.
- No tener pendiente la justificación de una subvención municipal concedida en el ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud en el Ayuntamiento de Santomera.
- Completar la sección de alta de datos bancarios con el código IBAN.
- Obtener el certificado de la entidad de crédito sobre la existencia de la cuenta de referencia.
- Firmar la declaración responsable sobre la veracidad de los datos bancarios y el resto de datos recogidos en el documento.
Documentos necesarios
- Solicitud de subvención.
- Certificado de la entidad de crédito sobre la existencia de la cuenta de referencia bancaria.
- Documentación que acredite la inscripción y actualización de datos en el Registro Municipal de Asociaciones (para entidades sin ánimo de lucro).
- Documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Proyecto o programa de actividades que cumpla con los requisitos de la convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Qué entidades pueden participar en esta convocatoria?
Pueden participar las entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de utilidad pública que cumplan con los requisitos específicos de la convocatoria, como tener fines relacionados con la dinamización cultural o la promoción juvenil y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
¿Qué gastos son subvencionables?
Son subvencionables todos los gastos que respondan indubitadamente a la naturaleza de la actividad subvencionada, realizados dentro del periodo del 01 de septiembre de 2025 al 30 de agosto de 2026, tales como exposiciones, conciertos, conferencias, edición de publicaciones, teatro, danza, recuperación de cultura popular, conservación del patrimonio y ocio juvenil. Las dietas, viajes y manutención solo serán subvencionables si vienen expresamente recogidos en el proyecto.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
La convocatoria se regula por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, la Ordenanza reguladora de las bases sobre concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la Dinamización Cultural y la Promoción Juvenil, la Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Santomera y el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Santomera 2024-2026.
¿Cómo se deben presentar los datos bancarios?
El solicitante debe completar la sección de alta de datos bancarios con el código IBAN y obtener un certificado de la entidad de crédito que certifique la existencia de dicha cuenta, el cual debe ser firmado por el representante de la entidad.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFAnexos_Justificación_CulturayJuventud_2026.pdf
- PDFAnexos_Solicitud_CulturayJuventud_2026.pdf
- PDFTexto en castellano de la convocatoria
- PDFAnexos_Justificación_CulturayJuventud_2026.pdf
- PDFAnexos_Solicitud_CulturayJuventud_2026.pdf
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