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Alicante / Alacant AYUNTAMIENTO DE ALICANTE/ALACANT BDNS 755208

APROBACIÓN CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LOS CONCURSOS DE HOGUERAS 2024

El otorgamiento de disposiciones dinerarias a favor de entidades festeras sin contraprestación directa de los beneficiarios, dirigidas al fomento de actividades de utilidad pública o interés social o de promoción de finalidades públicas, habiéndose realizado sobre la misma la correspondiente retención de crédito por importe de trece mil ciento DOCUMENTO DECRETO FISCALIZACIÓN ÓRGANO SERVICIO DE FIESTAS REFERENCIA FISU2024000039 Código Seguro de Verificación: 78cf76dd-08af-4890-bb85- 74c2f8275638 Origen: Administración Identificador documento original: ES_L01030149_2024_19317515 Fecha de impresión: 16/04/2024 12:39:20 Página 4 de 4 FIRMAS 1.- JUAN ANDRES MEDRANO ZAMORA (Jefe Departamento), 05/04/2024 13:06 2.- CRISTINA CUTANDA PEREZ (Concejala), 05/04/2024 13:31 3.- GERMAN PASCUAL (R:P0301400H) (Vicesecretario), 16/04/2024 11:02 4.- AYUNTAMIENTO DE ALICANTE.

Resumen por IA

La convocatoria aprueba las bases reguladoras del 'Concurso de Hogueras 2024' organizado por el Excmo. Ayuntamiento de Alicante para fomentar la participación en las fiestas oficiales de la ciudad. Se trata de un concurso que otorga premios pecuniarios y no pecuniarios a las entidades participantes en las modalidades de fogueras, portaladas de barracas, desfiles de bandas y cabalgata del ninot, sin necesidad de solicitud previa por parte de los beneficiarios.

El presupuesto total asignado para el otorgamiento de estos premios es de 13.150,00 euros, financiados íntegramente por el Ayuntamiento sin cofinanciación externa. Los premios pecuniarios varían según la categoría y la modalidad, con importes que oscilan entre 150 y 1.500 euros, mientras que los no pecuniarios consisten en trofeos o banderines. El marco jurídico aplicable incluye la Ley 7/1985, la Ley 39/2015 y el Real Decreto Legislativo 2/2004, y el órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, delegando la resolución en la Concejala de Fiestas.

Los documentos obrantes en el expediente incluyen la providencia de la Concejala, las bases reguladoras, el informe de la Jefatura del Departamento, el documento RC y el informe favorable de la Intervención General Municipal. Tras la resolución, se autoriza el gasto correspondiente y se comunica el acuerdo a la Intervención Municipal para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, garantizando el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia y objetividad.

Los premios son compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas de cualquier origen, siempre que no financien los mismos gastos.

Dificultad media La dificultad es media debido a la complejidad del marco jurídico aplicable y la necesidad de cumplir con requisitos específicos de transparencia y publicidad en el otorgamiento de los premios, aunque

Abierta

Descargar el texto de la convocatoria (PDF)

Texto en castellano de la convocatoria

Pásasela a quien le sirva

Preguntas frecuentes

¿Qué premios se otorgan en esta convocatoria?

Se otorgan premios pecuniarios a Fogueras (adultas e infantiles), Fogueras más innovadoras y Portaladas de barracas, con importes que van desde 1.500 € hasta 150 € según la categoría.

¿Quién es el órgano competente para interpretar estas bases?

El Excmo. Sr. Alcalde de la Corporación, o en su caso el/la Concejal/a o Delegado/a de Hacienda en quien delegue, previo informe de la Secretaría o Intervención.

¿Qué normativa regula lo no previsto en estas bases?

Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto con carácter general por la vigente legislación Local, por la Ley General Presupuestaria, Ley General Tributaria y demás normas del Estado que sean aplicables.

¿Cómo se gestionan las depuraciones de saldos?

Las depuraciones de saldos que se realicen en el año serán autorizadas por resolución de la Alcaldía, previo dictamen de la Comisión de Hacienda y el informe de la Intervención.

¿Hasta cuándo se puede reconocer la obligación de las facturas recibidas en enero?

El reconocimiento de la obligación de las facturas recibidas durante el mes de enero, debidamente acreditado en la factura que corresponden a gastos realizados en el ejercicio anterior, podrá realizarse hasta el 31 de enero con cargo al Presupuesto del año anterior.

ConvocaAYUNTAMIENTO DE ALICANTE/ALACANT
ÁmbitoLocal
TerritorioAlicante / Alacant · Alicante / Alacant · Comunitat Valenciana
Publicada17 abr 2024
PlazoSin fecha publicada
Comprobada2 sep 2026
Presupuesto13 mil €
BeneficiariosPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
SectorPatrimonio
FinalidadCultura | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Publicada enwww.alicante.es
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.

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