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Resolución 2025/1254 de 24 de abril de 2025 por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos y actividades de promoción del euskera en Durango. Año 2025.
Ebazpen honen xedea da Durangoko Udalaren diru-laguntzen oinarri arautzaileak ezartzea norgehiagoka erregimenean, aurtengo urtean zehar, “euskara sustatzeko ekimenak” egingo dituzten irabazi asmorik gabeko norbanako, entitate eta elkarteei diru laguntzak emateko. Eta hau guztia, kontuan izanik Durangoko Udalaren diru-laguntzak eta bestelako laguntzak arautzen dituen Ordenantzaren 8.
La convocatoria es una subvención del Ayuntamiento de Durango para financiar proyectos y actividades de promoción del euskera en 2025, con un presupuesto total de 38.000 euros. El objetivo es apoyar iniciativas que contribuyan a la normalización del uso del euskera, alineadas con el Plan General de Promoción del Uso del Euskera, cubriendo áreas como la transmisión familiar, enseñanza, comercio, ocio, inmigración, cultura y medios de comunicación.
Solo se pueden presentar las solicitudes las personas físicas y las entidades sin ánimo de lucro que residan en Durango o realicen actividades de promoción del euskera en el municipio, quedando excluidas las empresas mercantiles. Los beneficiarios deben estar al corriente en el pago de impuestos y tasas locales. El importe máximo que puede recibir una entidad es de 38.000 euros, distribuido entre todas las solicitudes presentadas, sin posibilidad de cofinanciación adicional ni de que la subvención se sume a otras ayudas para el mismo fin, lo que implica que en caso de superación del presupuesto, las ayudas se reducirán proporcionalmente.
Las solicitudes deben presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Durango en un plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia. La documentación requerida incluye la solicitud de subvención normalizada, los estatutos de la entidad solicitante, el certificado de inscripción en el registro de actividades del Gobierno Vasco, el código de identificación fiscal y el documento acreditativo de representación de la asociación.
Además, las entidades que no hayan solicitado subvención en años anteriores o cuyos datos hayan cambiado deberán aportar documentación adicional. Si la documentación presentada es incompleta o no reúne los requisitos exigidos, se dará un plazo de 10 días hábiles para subsanar los defectos formales o acompañar la documentación preceptiva.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir con requisitos específicos de documentación y estar al corriente en el pago de impuestos, además de la exclusión de empresas mercantiles y la im
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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