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Convocatoria de subvenciones para actividades culturales en el año 2026.
La realización de actividades, programas o proyectos dentro de las siguientes áreas temáticas: Artes escénicas: Teatro, danza y circo Música Artes plásticas y audiovisuales Artesanía y recuperación de tradiciones populares de arraigo local Ciencias aplicadas Letras Difusión del Patrimonio Edición de publicaciones Y que, además, cumplan con una o varias de las siguientes finalidades: 1) Creación 2) Investigación 3) Difusión 4) Promoción de la participación ciudadana 5) Formación Todas las referidas actividades, programas o proyectos deberán ser realizados en el término municipal del presente Ayuntamiento.
Esta convocatoria del Ayuntamiento de Jaca financia actividades culturales (artes escénicas, música, artes plásticas, artesanía, ciencias, letras, patrimonio y edición de publicaciones) para el año 2026, con un periodo de ejecución desde octubre de 2025 hasta septiembre de 2026. Solo pueden participar personas jurídicas sin ánimo de lucro que cumplan requisitos estrictos: estar legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación, tener sede y actividad efectiva en Jaca, y estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
El presupuesto total disponible es de 13.000 euros, con una cuantía mínima de 800 euros y un máximo de 4.000 euros por solicitud. La cofinanciación alcanza un máximo del 80% del presupuesto total, obligando al beneficiario a aportar un mínimo del 20% de sus propios recursos. Las solicitudes deben presentarse en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Jaca en un plazo de 20 días hábiles tras su publicación en el BOP Huesca. La valoración se basa en cuatro criterios principales: Memoria del Proyecto (44 puntos), Influencia Sociocultural de la Asociación (36 puntos), Necesidad de Subvención (10 puntos) y Capacidad de Gestión (10 puntos), siendo indispensable obtener un mínimo de 50 puntos para ser admitido.
Tras la concesión, el beneficiario debe justificar el gasto y reintegrar cualquier exceso de subvención percibido respecto al coste real del proyecto, junto con los intereses de demora correspondientes.
Solicitud compleja La dificultad es alta debido a los requisitos previos de inscripción con un año de antelación, la necesidad de sede física en Jaca, el cumplimiento estricto de obligaciones fiscales y la complejidad d
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
Requisitos
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro.
- Estar legalmente constituida.
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación a la fecha de publicación de las bases.
- Desarrollar su actividad efectiva en Jaca, acreditándolo con un año de antelación y disponiendo de sede social y espacio físico en Jaca.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Jaca.
- No tener la condición de beneficiario por las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria del mismo en el Presupuesto vigente del Ayuntamiento.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud ante el Excmo. Ayuntamiento de Jaca.
- Aportar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.
- Adjuntar la memoria económica con la relación de gastos e ingresos.
Documentos necesarios
- Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones.
- Documentación acreditativa del desarrollo de la actividad en Jaca (sede social y espacio físico).
- Certificaciones administrativas positivas de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Memoria económica con la relación de gastos e ingresos.
- Anexo II.2: Relación de facturas justificativas.
Preguntas frecuentes
¿Qué áreas temáticas pueden financiarse?
Artes escénicas, música, artes plásticas y audiovisuales, artesanía y recuperación de tradiciones populares, ciencias aplicadas, letras y difusión del patrimonio.
¿Qué finalidades deben tener las actividades?
Deben cumplir con una o varias de las siguientes: creación, investigación, difusión, promoción de la participación ciudadana o formación.
¿Qué periodo de ejecución tiene el proyecto?
Desde el 1 de octubre de 2025 al 31 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
¿Qué requisitos de inscripción son necesarios?
Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Fundaciones con un año de antelación a la fecha de publicación de las bases.
¿Qué documentos justificativos se deben presentar?
La memoria económica, el anexo II.2 con la relación de facturas justificativas y el anexo II.3 con la relación de otros ingresos o subvenciones recibidas.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFTexto en castellano de la convocatoria
- PDFAnexo I - Formulario solicitud
- PDFAnexo I.1 - Memoria presupuesto financiación
- PDFAnexo II.3 - Subvenciones recibidas
- PDFAnexo II - Justificación subvención
- PDFAnexo II.1 - Memoria justificativa
- PDFAnexo II.2 - Facturas justificativas
- PDFAnexo I.2 - Declaración responsable otras subvenciones
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