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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 765, DEL 16.06.2026, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURERENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA EL AÑO 2026
Esta convocatoria aprueba las bases para conceder subvenciones a entidades sin fines de lucro del municipio de Fene con el objetivo de financiar actividades culturales, deportivas y educativas, así como gastos de funcionamiento, durante el año 2026. La convocatoria busca fomentar la participación ciudadana y la normalización del uso social del gallego, excluyendo explícitamente la adquisición de bienes inventariables y la financiación de actividades ya subvencionadas por otras administraciones públicas.
Podrán optar a estas ayudas las asociaciones y entidades que cumplan con requisitos específicos como tener sede en el Ayuntamiento de Fene, estar legalmente constituidas e inscritas en los registros municipales y autonómicos correspondientes, y no estar incurso en causas de incompatibilidad o incapacidad para percibir subvenciones. Es fundamental que las entidades hayan justificado y obtenido la aprobación de las subvenciones o ayudas recibidas en años anteriores, así como que no existan procedimientos de reintegro pendientes. Además, las actividades deben ser de interés para el Ayuntamiento y cumplir con los plazos temporales establecidos para cada categoría.
La cuantía de las subvenciones podrá alcanzar como máximo el 80% del presupuesto de gastos detallado en la solicitud, salvo que el importe solicitado sea inferior a 3.000 euros, en cuyo caso la subvención será del 100%. Los gastos de gestoría administrativa son subvencionables al 100%, mientras que no se financian gastos financieros, multas, alimentos (con excepciones específicas) o la adquisición de bienes de inversión. El importe subvencionado no puede superar el importe máximo establecido por categoría en la base 2 de la convocatoria.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir con múltiples requisitos de inscripción, justificar ayudas anteriores, respetar límites de cofinanciación del 80% y presentar documentación espe
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
Requisitos
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener sede y desarrollar sus actividades en el Ayuntamiento de Fene.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones correspondiente con los datos actualizados.
- Estar inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
- No estar incurso en las causas de incompatibilidad o incapacidad para ser beneficiarias o percibir subvenciones de la Administración pública.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de entidades pueden solicitar la subvención?
Las entidades municipales sin ánimo de lucro que tengan sede y desarrollen sus actividades en el Ayuntamiento de Fene.
¿Qué categorías de entidades pueden optar a la subvención?
Las categorías son ANPAS, Entidades Culturales y Entidades Deportivas, con importes máximos de 1.500 €, 12.000 € y 15.000 € respectivamente.
¿Qué porcentaje de gasto se debe justificar para cobrar la subvención?
Si se justifica el 100% del presupuesto subvencionado, se abona la totalidad. Si se justifica menos del 100% pero al menos el 50%, se abona la parte proporcional. Si se justifica menos del 50%, no se considera cumplida la finalidad básica y no se justifica la subvención.
¿Qué ocurre si la documentación justificativa es incorrecta o insuficiente?
Se dará un plazo de diez días para su corrección. Pasado dicho plazo, se archivarán las solicitudes y no tendrá derecho a reclamación.
¿Qué sucede si no se presenta la documentación justificativa en el plazo establecido?
La Concellaría de Cultura y Deportes requerirá para que se presente en un plazo improrrogable de quince días. La falta de presentación en este plazo supondrá la pérdida de la subvención.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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