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Convocatoria de subvenciones para la traducción al catalán de obras no literarias para el año 2026
Esta convocatoria concede subvenciones para financiar la traducción al catalán de obras no literarias, con un importe máximo total de 260.000 euros distribuido entre las anualidades 2026 y 2027. El plazo de presentación de solicitudes va desde el 9 de enero hasta el 29 de octubre de 2026, siendo obligatorio el uso de la Sede electrónica de Trámites gencat o el Canal Empresa con firma electrónica. Las retribuciones de traducción y corrección deben ser como mínimo de 15 euros por 2.100 caracteres con espacios, aunque posteriormente se modificó el apartado 5 para establecer un máximo de 20 euros por 2.100 caracteres para la traducción y un máximo de 6 euros por 2.100 caracteres para la corrección.
El órgano instructor es la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, que eleva las propuestas al Consejo de Administración para la resolución final en un plazo máximo de cuatro meses tras el registro. Las resoluciones se notifican individualmente y agotan la vía administrativa, permitiendo recursos potestativos de reposición o contenciosos administrativos. Los beneficiarios son grandes empresas, personas jurídicas sin actividad económica, PYMEs y personas físicas con actividad económica.
Dificultad media La dificultad es media debido a la obligatoriedad de la firma electrónica, los plazos de cuatro meses para la resolución y la existencia de límites máximos de retribución que deben respetarse estricta
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en otra lengua de la convocatoria
Plazos
- Fecha de publicación de la convocatoria23 de diciembre de 2025
- Plazo para editar la obra subvencionadaantes del 15 de julio de 2027
- Plazo para entregar dos ejemplares de la obraantes del 30 de julio de 2027
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de obras se pueden traducir?
Solo obras no literarias.
¿Es una convocatoria competitiva?
No, es un régimen de concurrencia no competitiva.
¿Cuál es el importe máximo total de la convocatoria?
260.000 euros.
¿Qué obligaciones tiene el beneficiario tras recibir la subvención?
Editar la obra antes del 15 de julio de 2027, entregar dos ejemplares antes del 30 de julio de 2027, garantizar la calidad lingüística, asegurar la distribución en al menos diez puntos de venta, incluir el logotipo de la Generalitat y acreditar certificaciones ecológicas (FSC, PEFC, EU Ecolabel o sello Libro ecoeditado).
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- PDFTexto en castellano de la convocatoria
- DOCBases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para la traducción al catalán de obras no literarias para el año 2026
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica