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CONVOCATORIA SUBV. ASOCIACIONES Y/O CLUBS DEPORTIVOS MEDINA DE POMAR 2026
La asistencia y cooperación económica con personas jurídicas, asociaciones y clubes deportivos para la realización deactividades deportivas. 1.1.3.
La convocatoria aprueba una subvención de 21.000 euros para asociaciones y clubes deportivos de Medina de Pomar que desarrollen actividades deportivas entre el 1 de diciembre del ejercicio anterior y el 30 de noviembre del ejercicio actual. El importe máximo por asociación es de 21.000 euros, sin especificar un porcentaje de cofinanciación, aunque se exige una aportación económica de la asociación para obtener puntos en el criterio financiero. Los gastos subvencionables incluyen nóminas, seguros, alquiler de material no fungible, desplazamientos y premios en metálico, excluyendo gastos suntuarios, mantenimiento de inmuebles propios o actividades no específicamente deportivas.
Los beneficiarios deben ser personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento, sin subvenciones nominales previas y sin indicios de ilicitud penal. La solicitud requiere presentar una memoria justificativa del proyecto, documentación de constitución y, crucialmente, un certificado digital para la notificación electrónica de la resolución. El plazo de presentación es de 30 días desde la publicación en el BOP, tras la aprobación del acuerdo de Junta de Gobierno Local en enero de 2026.
La valoración se realiza mediante concurso competitivo con una puntuación máxima de 130 puntos, ponderando significativamente la aportación económica (hasta 50 puntos), el número de socios y fichas federativas (hasta 10 puntos cada uno), la idoneidad del proyecto (hasta 35 puntos) y la colaboración con voluntarios en actividades del Ayuntamiento (hasta 15 puntos). Tras la concesión, los beneficiarios deben justificar el gasto y comunicar las actividades con antelación mediante correo electrónico, asegurando la inclusión del logotipo del Ayuntamiento.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de un certificado digital para notificaciones, la exigencia de una memoria técnica detallada para la valoración de criterios subjetivos y complejos, y la i
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
ORDENANZA SUBV. DEPORTIVAS
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Te escribimos una sola vez, una semana antes del 30 nov 2026, por si se te pasa. Sin cuenta.
Requisitos
- Ser una asociación o club deportivo con domicilio en Medina de Pomar.
- Cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Cumplir las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No haber recibido subvenciones de otras entidades para la misma finalidad, o que la suma total de todas las subvenciones no supere el coste de la obra o actividad subvencionada.
- No estar en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Documentos necesarios
- Dictamen de la Comisión de Deportes, Juventud y Recursos Humanos.
- Declaración Responsable de Justificación de la Subvención (Anexo VI-A).
- Cuenta Justificativa de Gastos (Anexo VI-B).
- Memoria del proyecto o actividad.
- Facturas de los proveedores.
Preguntas frecuentes
¿Qué criterios se utilizan para valorar las solicitudes?
La valoración se basa en criterios financieros (aportación económica de la asociación), número de fichas federativas, número de socios inscritos, igualdad de género, idoneidad del proyecto o actividad y colaboración en actividades del Ayuntamiento.
¿Qué documentos debo aportar para solicitar la subvención?
Se deben aportar la Declaración Responsable de Justificación de la Subvención y la Cuenta Justificativa de Gastos, junto con la Memoria del proyecto o actividad y las facturas de los proveedores.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El texto oficial no especifica las fechas límite para la presentación de solicitudes, aunque menciona que el expediente se inició el 12 de enero de 2025.
¿Cómo se calcula la aportación económica de la asociación?
Se valora hasta 50 puntos en función de la fórmula: [(Aportación económica de la asociación / coste estimado del proyecto) x 100] x 5/10.
¿Qué requisitos de igualdad de género se exigen?
Se valora la proporción entre géneros de participantes, primándose aquellas asociaciones que cuenten con porcentajes más similares de miembros de cada género, con un máximo de 10 puntos.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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