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ACTIVIDADES LÚDICAS Y TRADICIONALES
Establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a otorgar a aquellas entidades, asociaciones, etc., sin ánimo de lucro que contribuyan a fomentar la difusión y la conservación de las tradiciones lúdicas y festivas del municipio y que promuevan actividades lúdicas por medio de las cuales forjar una conciencia cívica de participación en la vida pública de la ciudad, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Esta convocatoria del Ayuntamiento de Torrent para 2026 financia actividades lúdicas y tradicionales sin ánimo de lucro que promuevan la participación ciudadana y la conservación de las tradiciones festivas del municipio. El objetivo es complementar las actividades propias de las entidades asociativas inscritas en el registro municipal, fomentando una conciencia cívica de participación en la vida pública durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Los gastos subvencionables deben estar directamente relacionados con la naturaleza de la actividad, derivados de su ejecución o ser gastos corrientes necesarios para el desarrollo de actividades de interés general, siempre que se realicen y paguen efectivamente en el año 2026.
Pueden ser beneficiarias las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Torrent, siempre que no estén afectadas por prohibiciones para obtener subvenciones. Los requisitos clave incluyen promover la conservación y difusión de las tradiciones lúdicas y festivas, tener los datos actualizados en el registro municipal, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la seguridad social, no tener deuda pendiente con el Ayuntamiento, haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores y, en el caso de agrupaciones de personas físicas sin personalidad, nombrar un representante o apoderado único con suficientes poderes.
La convocatoria establece un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de solicitudes presentadas electrónicamente, estableciendo una prelación según los criterios de valoración establecidos en las bases y adjudicando las ayudas con el límite fijado dentro del crédito disponible.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir múltiples requisitos administrativos, presentar documentación específica y justificar la ejecución de la actividad, además de gestionar posibles
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Requisitos
- Ser asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Torrent.
- Promover la conservación y difusión de las tradiciones lúdicas y festivas del municipio.
- Que las actividades o servicios a subvencionar complementen o suplan la competencia municipal en estas materias.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
- No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Torrent.
- No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud mediante el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
- Comparar las solicitudes presentadas para establecer una prelación según los criterios de valoración de la convocatoria.
- Adjudicar las subvenciones a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor valoración, hasta el límite del crédito disponible.
Preguntas frecuentes
¿Qué entidad convoca esta subvención?
El Ayuntamiento de Torrent.
¿En qué periodo se pueden realizar las actividades?
Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
¿Qué tipo de entidades pueden solicitar la subvención?
Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Torrent.
¿Qué criterios se utilizan para adjudicar las subvenciones?
Se establecen criterios de valoración en las presentes bases, aplicándose el procedimiento de concurrencia competitiva.
¿Qué plazos de recurso existen?
Se puede interponer recurso contencioso administrativo en dos meses desde la notificación o publicación del acto, o potestativamente recurso de reposición en un mes.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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