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CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS CULTURALES SINGULARES Y REALIZACIÓN DE EVENTOS SOCIO-CULTURALES ESPECÍFICOS O DE ESPECIAL INTERÉS 2026.
1.- Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tendrán como objeto colaborar económicamente con las entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de Cultura NIF: P4603500B Expediente 2716747K Convocatoria subvenciones actividades extraordinarias culturales, festivas, sociales i comercio 2026 - SEFYCU 7837448 La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://almussafes.sede.dival.es/ AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES Código Seguro de Verificación: LDAA ANHN 3EA3 CHFL WXK2 FIRMADO POR Tècnica Comunicació, Protocol i Responsable del departament de Cultura.
Esta convocatoria de 2026 del Ayuntamiento de Almussafes financia proyectos culturales singulares, eventos socio-culturales de especial interés y actividades de celebración de aniversarios de entidades cívico-culturales. El objetivo es potenciar el asociacionismo y la participación ciudadana en la localidad, apoyando la realización de eventos extraordinarios dentro de la legalidad vigente. La subvención se otorga para el ejercicio económico 2026, financiándose con cargo a la partida presupuestaria 3340-48901 del presupuesto municipal, con un límite global de 10.000,00 € para la convocatoria.
Las entidades beneficiarias deben ser asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Almussafes y en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana, o bien tener una sección en funcionamiento en el municipio inscrita en ambos registros. Se excluyen aquellas entidades condenadas, en concurso, con deudas tributarias o de seguridad social, o cuyos representantes tengan incompatibilidades legales. La subvención no supera el 100 % del presupuesto presentado por la entidad, con un máximo de 2.000 € por solicitud individual, y es compatible con otras ayudas públicas siempre que la suma total no supere el coste de la actividad.
El criterio de priorización es el orden de entrada de la solicitud en el Registro General. Las entidades deben justificar el cumplimiento de requisitos y la realización de la actividad mediante documentos acreditativos del gasto, someterse a comprobaciones, comunicar la obtención de otras subvenciones y conservar la documentación durante cinco años. Se obliga además a adoptar medidas de difusión sobre el carácter público de la financiación y a proceder al reintegro de fondos en los supuestos de incumplimiento.
La convocatoria se presenta en el plazo de un día natural a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ajustándose al régimen de concurrencia competitiva.
Dificultad media La dificultad es media debido a la necesidad de cumplir requisitos de inscripción en registros municipales y autonómicos, prohibiciones de inhabilitación, obligación de justificación de gastos y plazo
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
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Requisitos
- Ser entidad cultural, festiva, cívico-social o de comercio.
- Ser entidad con sede en el municipio de Almussafes.
- Presentar la solicitud en el plazo establecido tras la publicación en el BOP.
- Cumplir con la legalidad vigente, específicamente la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos.
- Ajustarse a los límites presupuestarios que disponga el Ayuntamiento.
Plazos
- Inicio del plazo para presentar solicitudesDía siguiente a la publicación del anuncio de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)
- Cierre del plazo para presentar solicitudes30 de noviembre de 2026
Cómo solicitarla
- Esperar a la publicación del anuncio de aprobación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
- Presentar la solicitud en el plazo establecido, que finaliza el 30 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de proyectos se pueden financiar?
Se financian proyectos culturales de especial interés vinculados a la promoción cultural, festiva, cívico-social o comercial, así como la participación en encuentros organizados por asociaciones o federaciones en cualquier ámbito territorial, y programas de actos de celebración por aniversarios de referencia de la entidad.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
El gasto máximo autorizado para la concesión de la subvención es de 10.000 euros.
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pueden solicitarla las entidades culturales, festivas, cívico-sociales y de comercio con sede en el municipio de Almussafes.
¿Dónde se publican las bases?
Las bases se publican en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en los tablones de anuncios municipales y en la página Web del Ayuntamiento.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
La convocatoria se regula conforme a la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, la Ley 38/2003 General de Subvenciones, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
- DOCResolución de la Alcaldía nº 849/2026 de 25/03/2026.
- PDFDocumento de la convocatoria en lengua cooficial
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