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Convocatòria Subv Entitats Foment Cultural 2026
Esta convocatoria otorga subvenciones del 100% del coste total de proyectos culturales para entidades sin ánimo de lucro del municipio de Palau-solità i Plegamans, con un presupuesto máximo global de 30.000€. Financia actividades de fomento cultural, educación, deporte, cohesión social y tradiciones, así como gastos de personal, voluntariado, material, difusión, alquileres, suministros, seguros y amortización de bienes inventariables, siempre que no se hayan adquirido con otra subvención específica. El importe se reparte entre los proyectos presentados según un criterio unificado y es compatible con otras ayudas, salvo que supere el coste total del proyecto.
Los beneficiarios son personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas del ayuntamiento, que realicen actividades de utilidad pública o interés social. Deben estar al corriente en obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no estar afectados por las prohibiciones de la Ley 38/2003. Cada solicitante puede presentar una única actividad o un proyecto único que coincida con sus fines estatutarios.
Las solicitudes se presentan de forma telemática individualizada a través de la web del Ayuntamiento, mediante una instancia genérica, en un plazo de un mes desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. Se requiere firma electrónica certificada y documentación justificativa completa. El pago es anticipado al 100% al aprobarse la concesión, debiendo justificar el cumplimiento de los criterios posteriormente para evitar retornos económicos.
El órgano competente es el Área de Cultura y Fiestas, que evalúa las solicitudes y propone la resolución definitiva, aprobada por la Junta de Gobierno Local. La tramitación sigue un procedimiento de concurrencia competitiva y la resolución es definitiva tras las alegaciones, sin posibilidad de recurso administrativo posterior en esta fase.
Dificultad media Requiere inscripción municipal, cumplimiento de obligaciones fiscales y sociales, firma electrónica, presentación telemática individualizada y justificación exhaustiva del 100% del gasto con posibilid
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Requisitos
- Ser persona jurídica o entidad sin ánimo de lucro.
- Pertener al municipio de Palau-Solità i Plegamans.
- Presentar una única actividad o un proyecto de diversas actividades que persigan los objetivos y finalidades de la entidad, reconocidos en sus estatutos.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud a través del procedimiento establecido en las bases generales específicas de subvenciones del Ayuntamiento de Palau-solità i Plegamans para personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro.
- Aportar la documentación requerida (formulario de justificación económica, formulario de memoria justificativa y medios de publicidad) según lo detallado en la convocatoria.
Documentos necesarios
- Formulario de Justificación económica de la subvención (con el coste total del proyecto, balance económico y facturas justificativas de las despeses más los comprobantes de pago).
- Formulario de Memoria justificativa de la subvención (con los objetivos del proyecto, explicación detallada, calendario y difusión del proyecto con los cartells de actividades que incluyan el logo del Ayuntamiento).
- Medio de publicidad (cartells de actividades con el logo del Ayuntamiento).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe máximo total de la convocatoria?
La dotación total máxima de las subvenciones es de 30.000,00€, aunque excepcionalmente puede fijarse una cuantía adicional según disponibilidad presupuestaria.
¿Qué gastos son subvencionables?
Se consideran subvencionables los gastos que respondan inequívocamente a la naturaleza de la actividad, sean estrictamente necesarios, se realicen dentro del periodo de ejecución y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
¿Existe un límite de importe para cada beneficiario?
No hay un importe máximo de subvención para conceder por beneficiario; se aplicará un criterio unificado para dividir los importes entre los proyectos presentados.
¿Qué plazos de recurso existen?
Se puede interponer un recurso contencioso administrativo en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOPB, o un recurso de reposición en un plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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